Sentencia nº 000886-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2000/CRP-PIURA-01-592
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 886-2009/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000/CRP-PIURA-01-592
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : VÍCTOR ALBERTO MALDONADO CARPIO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : CAPTACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS
SERVIDAS
SUMILLA: se revoca la Resolución 463-2008/INDECOPI-PIU del 10 de
setiembre de 2008, en el extremo que otorgó el quinto orden de preferencia a
los créditos reconocidos a favor del señor Víctor Alberto Maldonado Carpio
frente a Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.
ascendentes a S/. 2 996,00 por capital por concepto de condiciones de
trabajo de racionamiento y movilidad, y se les otorga el primer orden de
prelación, debido a que tales créditos han sido reconocidos por la empresa
deudora como conceptos de carácter remunerativo.
Lima, 25 de agosto de 2009
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 4 de agosto de 2008, el señor Víctor Alberto Maldonado
Carpio (en adelante, el señor Maldonado) solicitó ante la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la Comisión) el
reconocimiento de créditos frente a Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Grau S.A.1 (en adelante, EPS Grau) ascendentes a S/. 3 209,16
por capital derivados del concepto condiciones de trabajo de racionamiento y
movilidad y de la Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante, la
CTS) devengados de junio de 1998 a marzo de 2001.
2. El 21 de agosto de 2008, EPS Grau manifestó su conformidad con la
totalidad de los créditos invocados por el señor Maldonado en su solicitud.
1 Mediante Resolución 303-2000/CRP-PIURA del 6 de noviem bre de 20 00, confirmada por Resolución 110-
2001/TDC-INDECOPI del 16 de f ebrero de 2001, s e declaró el inici o de c oncurso de EPS Gr au por no habers e
aprobado el Convenio de San eamiento Empresarial en el Procedimiento Transit orio. El 19 de marzo de 2001 se hizo
pública dicha situación mediant e aviso publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.

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