Sentencia nº 000898-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente148-2008/CCO-INDECOPI-03-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 0898-2009/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 148-2008/CCO-INDECOPI-03-01
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : CARLOS ENRIQUE BRENIS REAÑO CON
PATRIMONIO EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE OFICIO
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS
ACABADOS O SEMIACABADOS
SUMILLA: se confirma la Resolución 0060-2009/CCO-INDECOPI del 7 de
enero de 2009, en el extremo que reconoció de oficio los créditos invocados
por Banco Internacional del Perú frente a Carlos Enrique Brenis Reaño
ascendentes a US$ 21 724,54 por capital y US$ 83 031,65 por intereses,
debido a que dichos créditos se encuentran sustentados en una sentencia
judicial firme, que, a su vez, fundamentó la declaración de liquidación de la
deudora en aplicación del artículo 703 del Código Procesal Civil.
Lima, 25 de agosto de 2009
ANTECEDENTES
1. Por Sentencia del 3 de abril de 2000, emitida por el Décimo Tercer Juzgado
Especializado en lo Civil de Lima, se ordenó a Brenis Industrias S.A. (en
adelante, Brenis Industrias), en calidad de obligado principal, y al señor
Carlos Enrique Brenis Reaño (en adelante, el señor Brenis), en calidad de
fiador solidario, cumplan con pagar a favor del Banco Internacional del Perú
(en adelante, Interbank) la suma ascendente a US$ 24 000,00 más intereses,
gastos, costos y costas, derivados de un pagaré. Por Resolución 7 del 24 de
abril de 2000, emitida por el Décimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil
de Lima, se declaró consentida dicha sentencia.
2. Por Resolución 4 del 6 de noviembre de 2007, el Décimo Juzgado Civil
Subespecialidad Comercial declaró la disolución y liquidación de Brenis
Industrias y del patrimonio del señor Brenis, en aplicación de lo dispuesto en
el artículo 703 del Código Procesal Civil y remitió copia certificada de los
principales actuados a la Comisión de Procedimientos Concursales del
Indecopi (en adelante, la Comisión).
3. El 25 de agosto de 2008, se publicó la situación de concurso del señor Brenis
en el diario oficial “El Peruano”.
4. El 26 de setiembre de 2008, Interbank solicitó se le reconozca como
acreedor de Brenis Industrias, manifestando haber recibido un pago a cuenta
ascendente a US$ 2 275,46, por lo que el saldo del pagaré por concepto de
capital quedó fijado en US$ 21 724,54. Asimismo, presentó una liquidación

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