Sentencia nº 001571-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente129-2009/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1571-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 190-2009/C CO-INDECOPI-04-02
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : ADO S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : PROFUTURO AFP
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE OTRO TIPO DE MAQUINARIAS DE
USO ESPECIAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 055-2011/CCO-INDECOPI del 5 de
enero de 2011, en el extremo que declaró que a los créditos reconocidos a
favor de Profuturo AFP frente a Ado S.A. en Liquidación, ascendentes a
S/. 1 819,41 por capital y S/. 7 570,55 por intereses derivados de las
comisiones impagas, les corresponde el quinto orden de preferencia; y, se
desestima el pedido formulado por Profuturo AFP para que se inaplique a su
solicitud de reconocimiento de créditos lo establecido por el artículo 42.1 de
la Ley General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del
Decreto Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a los
créditos, toda vez que dicho dispositivo no contraviene lo dispuesto por el
Lima, 27 de setiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0055-2011/CCO-INDECOPI del 5 de enero de 2011, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) reconoció créditos de origen previsional que mantiene Profuturo
AFP (en adelante, Profuturo) frente a Ado S.A. en Liquidación1 ascendentes a
S/. 8 590,00 por capital y S/. 35 742,93 por intereses; otorgando a los créditos
ascendentes a S/. 6 770,59 por capital y S/. 28 172,38 por intereses, el primer
orden de preferencia y a los créditos ascendentes a S/. 1 819,41 por capital y
S/. 7 570,55 por intereses, el quinto orden.
2. El 19 de enero de 2011, Profuturo apeló la Resolución 0055-2011/CCO-
INDECOPI en el extremo que otorgó el quinto orden de preferencia a los
créditos ascendentes a S/. 1 819,41 por capital y S/. 7 570,55 por intereses,
1 El 5 de julio de 2010, la Comisión pu blicó en el diario oficial “El Peruano” la disolución y liquidación de Ado S.A.

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