Sentencia nº 001411-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 25 de Junio de 2012

Fecha de Resolución25 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente335-2009/CCO-INDECOPI-02-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1411-2012/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 335-2009/C CO-INDECOPI-02-04
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMUNIDAD DE TELECOMUNICACIONES DE LA
COMPAÑÍA PERUANA DE TELÉFONOS S.A. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
SUSPENSIÓN DEL TRÁMITE DE RECURSO
DE APELACIÓN
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES
SUMILLA: se SUSPENDE la tramitación del recurso de apelación interpuesto
por la Municipalidad Distrital de Ate contra la Resolución 9460-2011/CCO-
INDECOPI del 22 de diciembre de 2011, debido a que por Resolución 2197-
2012/SC1-INDECOPI del 2 de abril de 2012, la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur precisó que el procedimiento concursal ordinario de
Comunidad de Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos
S.A. en Liquidación se encontraba suspendido en mérito a la Resolución
10901-2010/CCO-INDECOPI del 13 de diciembre de 2010.
Lima, 25 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 10154-2009/CCO-INDECOPI del 21 de setiembre de 2009, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
dispuso la publicación de la disolución y liquidación de Comunidad de
Telecomunicaciones de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A. (en
adelante, Comunidad de Telecomunicaciones)1. Dicha situación fue difundida
en el diario oficial “El Peruano” el 30 de noviembre de 2009.
2. El 11 de enero de 2010, la Municipalidad Distrital de Ate (en lo sucesivo, la
Municipalidad) solicitó el reconocimiento de créditos frente a Comunidad de
Telecomunicaciones ascendentes a S/. 311 517,88 por capital,
S/. 196 526,85 por intereses y S/. 1 533,00 por gastos derivados de veinte
órdenes de pago, setenta y siete resoluciones de determinación y una
solicitud de fraccionamiento.
3. Por Resolución 1394-2010/CCO-INDECOPI del 17 de febrero de 2010, la
Comisión reconoció los créditos invocados por la Municipalidad frente a
1 Mediante Oficio 197-09-JE CCE-PJ del 2 de setiembre de 2009, el Juzgado Especializad o en lo Civil del Cono Este
de Lima remi tió a la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur copia certificada del expediente
correspondiente al proceso seguido por la soci edad conyugal César Ferré Sim onetti y Reyna Marina Valer a de Ferré
contra Comunidad de Telecomunicaciones, al haber sido dispuesta la disolución y liquidación de su patrimonio
mediante Resolución 4 del 1 de julio de 2009, de conformidad con el artículo 692-A del Códig o Procesal Civil.

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