Sentencia nº 000241-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 26 de Marzo de 2001

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1016-1999/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 241-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1016-1999/ODA
1-13
DENUNCIANTE : MIGUEL BOZZO CHIRICHIGNO
DENUNCIADOS : EDUARDO ROJAS CHERRE
ROJAS INGENIEROS ARQUITECTOS S.A
Infracción a los derechos de autor en la modalidad de plagio de una obra
literaria: Inexistencia
Lima, veintiséis de marzo de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 9 de setiembre de 1999, Miguel Bozzo Chirichigno (Perú) interpuso
denuncia por infracción a los derechos de autor contra Eduardo Rojas Cherre y la
empresa Rojas Ingenieros S.A. – debió decir Rojas Ingenieros Arquitectos S.A.
(ROINAR) – (Perú). Manifestó que Eduardo Rojas Cherre ha registrado como inédita
la obra denominada BILOSA ESPACIAL, que constituye un plagio de diseños y
textos que son de autoría del denunciante. Indicó que el emplazado trabajó en su
empresa realizando labores de supervisión de las obras y del personal, así como en
la adquisición de materiales para la realización de obras que el denunciante
proyectaba, calculaba y diseñaba. Sostuvo que durante los años que Eduardo Rojas
Cherre trabajó con el denunciante, aprendió el sistema que este último utilizaba
desde hacía años y que tenía patentado. Señaló que ha sido decano de la Facultad
de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería y que cuenta con
patentes debidamente registradas sobre el sistema de construcción, ha dictado
diversas conferencias y ha escrito diversas obras, de cuyo contenido se puede
establecer que el denunciante tiene la autoría sobre la estructura para techos objeto
de la obra denunciada. Refirió que el emplazado fue empleado de la UNI, estando
encargado de supervisar las obras realizadas por el accionante. Sostuvo que el
contenido (texto y figuras) de la obra del denunciado son de su autoría, hecho que
puede ser fácilmente comprobado a través de un cotejo sus obras, ponencias y
planos. Solicitó como medida cautelar que se disponga que el denunciado se
abstenga de seguir comercializando y/o distribuyendo la obra titulada BILOSA
ESPACIAL hasta que se resuelva la presente denuncia. Adjuntó diversos
documentos a fin de acreditar sus afirmaciones.
Con fecha 28 de diciembre de 1999, Eduardo Rojas Cherre - por propio derecho y en
representación de Rojas Ingenieros Arquitectos S.A. (ROINAR) - dedujo la
excepción de litispendencia, en razón a que las partes de este procedimiento siguen
un proceso similar sobre cancelación de derechos de autor en el expediente N°
1067-1999/ODA. Informó que ante la Comisión de Represión de la Competencia
Desleal se tramitó una denuncia interpuesta por Miguel Bozzo Chirichigno contra los
denunciados por actos de competencia desleal (expediente N° 090-99/CCD),
proceso que terminó al haber arribado las partes a un acuerdo conciliatorio. Añadió

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