Sentencia nº 001403-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Junio de 2010

Fecha de Resolución24 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente114-2009/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1403-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 114-2009/CPC-I NDECOPI-CUS
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADO : EXPRESO LOS CHANKAS S.R.LTDA.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
TRANSPORTE TERRESTRE
MEDIDAS DE SEGURIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR VÍA
TERRESTRE
SUMILLA: Se confirma la Resolución 459-2009/INDECOPI-CUS del 29 de
octubre de 2009, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi
de Cusco, en el extremo que halló responsable a Expreso Los Chankas
S.R.Ltda. por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, al haber
quedado acreditado que no implementó las medidas de seguridad previstas
por el Reglamento Nacional de Administración de Transportes. Asimismo, se
confirma la medida correctiva dictada y la multa de 5 UIT impuesta a la
denunciada.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 24 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 15 de junio de 2009, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, la Comisión) inició un
procedimiento de oficio contra Expreso Los Chankas S.R.Ltda.1 (en adelante,
Expreso Los Chankas) por infracciones del Decreto Legislativo 716 – Ley de
Protección al Consumidor, debido a que durante las diligencias de inspección
realizadas el 9 y 12 de abril de 2009, se constató que la empresa investigada
no entregaba ticket por el equipaje de los pasajeros que iba en el bodega de
sus unidades vehiculares y además que:
(i) No empleaba detectores de metal para la revisión de los pasajeros y/o
su equipaje de mano.
(ii) No revisaba manualmente el equipaje de los pasajeros.
(iii) No solicitaba la exhibición del documento de identidad u otro para
identificar al pasajero.
(iv) No realizaba la filmación de los pasajeros y/o su equipaje de mano.
1 RUC 20485054066. Domicilio Fisc al: Calle Malecón Mil Amores 207, Interior 200, Nº 139, Andahuaylas, Apurímac.

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