Sentencia nº 000596-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 31 de Julio de 2002

Fecha de Resolución31 de Julio de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente033-2001/CRP-ODI-UL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0596-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 033-2002/CRP-ODI-UL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
ENLA UNIVERSIDAD DE LIMA (LA COMISION)
ACREEDOR : EMILIO COGAN SPILBERG Y JOSE COGAN SPILBERG
(SEÑORES COGAN)
DEUDOR : CARLOS LUNA GONZAGA (EL SEÑOR LUNA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
DECLARACION DE INSOLVENCIA A SOLICITUD DEL
ACREEDOR
APLICACION DEL ARTICULO 703 DEL CODIGO
PROCESAL CIVIL
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
Lima, 31 de julio del 2002
Mediante Resolución N° 5 del 18 de diciembre de 1998, el Décimo Tercer
Juzgado Especializado en lo Civil de Lima declaró fundada la demanda sobre
obligación de dar suma de dinero interpuesta por los señores Cogan contra el
señor Luna y otros dos deudores y ordenó llevar adelante la ejecución hasta que
los demandados cumplan con pagar la suma de US$ 100 000,00 más intereses,
costas y costos del proceso. Por resolución del 31 de agosto del 2001, se requirió
a los deudores para que en el plazo de cinco días señalen bien libre de gravamen
bajo apercibimiento de remitir los actuados al Indecopi para que se proceda a
declarar su insolvencia.
Por Resolución Nº 14 del 11 de enero del 2002, el Cuadragésimo Primer Juzgado
Especializado en lo Civil de Lima dispuso remitir los actuados al Indecopi para el
inicio de los respectivos procedimientos de insolvencia, dado que los
demandados no cumplieron con señalar bien libre de gravamen. Luego de
cumplido los requisitos de admisibilidad, por Resolución N° 1585-2002/CRP-ODI-
UL del 7 de mayo de 2002 la Comisión declaró la insolvencia del señor Luna en
mérito a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 14º de la Ley de
Reestructuración Patrimonial.
El 19 de junio de 2002, el señor Luna interpuso un recurso de apelación,
manifestando que desconocía el proceso judicial seguido en su contra por lo que
solicitaría la nulidad de las actuaciones seguidas en el mismo. Adicionalmente, a
efectos de manifestar capacidad de pago, indicó que contaba con un inmueble
que podía ser utilizado para cubrir la deuda asumida frente a los señores Cogan.
En el marco del régimen concursal, la insolvencia es una situación de hecho en la
cual un deudor no puede afrontar el pago de sus obligaciones temporal o
definitivamente, lo que se verifica mediante la constatación de alguno de los
supuestos previstos en la propia Ley. Uno de dichos supuestos es la aplicación

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