Sentencia nº 000130-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Enero de 2012

Fecha de Resolución26 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente10-2011/CCO-INDECOPI-01-15
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0130-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 010-2011/C CO-INDECOPI-01-15
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : AMERICAN MARF S.R.L. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : VÍCTOR ENRIQUE HURTADO TORRES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO LABORAL
CRÉDITOS CONTINGENTES
ACTIVIDAD : VENTA MAYORITARIA DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5577-2011/CCO-INDECOPI del 22 de
julio de 2011, que registró como contingentes los créditos invocados por el
señor Víctor Enrique Hurtado Torres frente a American Marf S.R.L en
Liquidación; y reformándola, se RECONOCE a favor del solicitante los
créditos ascendentes a S/. 57 000,00 por capital derivados de beneficios
sociales, toda vez que se ha verificado que la materia discutida ante el
órgano jurisdiccional mediante un proceso ejecutivo no incide en el origen,
existencia, legitimidad y cuantía de los créditos invocados por el solicitante.
Lima, 26 de enero de 2012
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 15 de marzo de 2011, complementado el 1 de abril del mismo
año, el señor Víctor Enrique Hurtado Torres (en adelante, el solicitante)
invocó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a American Marf
S.R.L. en Liquidación1 (en adelante, American Marf) ascendentes a
S/. 57 000,00 por capital, derivados de beneficios sociales.
2. En sustento de su solicitud, el solicitante presentó la siguiente
documentación:
(i) copia del Acta de Conciliación Nº 3329-2009–MTPE/2/12.231–LH
suscrita el 25 de noviembre de 2009 por el solicitante y el representante
de la empresa deudora ante la Autoridad Administrativa de Trabajo;
(ii) copia de la demanda de ejecución de acta de conciliación laboral
interpuesta por ella contra American Marf el 17 de diciembre de 2009; y,
(iii) copia de la Resolución 1 del 21 de diciembre de 2009 por la que el
Décimo Sexto Juzgado Laboral de Lima admitió a trámite la demanda
interpuesta por el solicitante y requirió a American Marf que cumpla con
pagarle la suma de S/. 57 000,00.
1 El 28 de febrero de 2011, la Comisió n publicó en el diario oficial “El Peruano” la disoluci ón y liquidación de American
Marf.

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