Sentencia nº 001689-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 30 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0018-2008/CPC-INDECOPI-ANC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1689-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0018-2008/CPC-INDECOPI-ANC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIADO : RUBY REBECA REJAS RIVERA
MATERIA : ROTULADO
PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICO
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR
SUMILLA: Se confirma la Resolución 2234-2008/CPC-INDECOPI-ANC del 31
de octubre de 2008 emitida por la Comisión de Protección al Consumidor,
que halló responsable a la señora Ruby Rebeca Rejas Rivera por infringir el
artículo 7º del Decreto Legislativo 716 al haberse acreditado que no cumplió
con rotular el juguete comercializado con el número de su registro y
autorización sanitaria, modificándola en sus fundamentos. Asimismo se
modifica la medida correctiva ordenada a la señora Ruby Rebeca Rejas
Rivera limitándola a la obligación de rotular los productos que comercializa
con el número de su registro y autorización sanitaria; y se modifica el
extremo de la resolución que la sancionó con una multa de 0,5 UIT,
sustituyéndola por una amonestación.
SANCIÓN: AMONESTACIÓN
Lima, 30 de setiembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 19 de diciembre de 2007, la Oficina Regional del Indecopi de Ancash (en
adelante, la Oficina Regional) realizó una inspección en el establecimiento de
la señora Ruby Rebeca Rejas Rivera1 (en adelante, la señora Rejas),
encontrando que el juguete (robot armable) de marca Auldey comercializado
en su establecimiento no cumplía con lo dispuesto por la Ley 284052, la Ley
283763 y su Reglamento4 en lo concerniente al rotulado, hecho que fue
informado a la Comisión de Protección al Consumidor (en adelante, la
Comisión), a través del Informe 0001-2008/SDD-INDECOPI-ANC emitido por
la jefatura de la Oficina Regional.
1 Establecimiento ubicado en Jr. Simón Bolivar Nº 753, Huaraz.
2 Ley de rotulado de Productos Industriales Manufacturados.
3 Ley que Prohíbe y Sanciona la Fabricación, Importación, Distribución y Comercialización de Juguetes y Útiles de
Escritorio Tóxicos o Peligrosos
4 Decreto Supremo 008-2007-SA

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