Sentencia nº 000578-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0334-2012//PS0-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en P rotección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0578-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0334-2012/PS0-IND ECOPI-LAL
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : ROCÍO DE LOURDES MENDOZA CÁRDENAS
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIAS : RECURSO DE REVISIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES AUXILIARES DE LA INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA N.C.P.
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado por el
denunciado contra la Resolución 1322-2012/INDECOPI-LAL, toda vez que los
cuestionamientos formulados: (i) se limitan a pretender el análisis de
situaciones de hecho; y, (ii) no guardan incidencia alguna en el sentido de la
resolución recurrida.
Lima, 7 de marzo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0369-2012/PS0-INDECOPI-LAL del 22 de agosto de
2012, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad declaró
infundada la denuncia de la señora Rocío de Lourdes Mendoza Cárdenas
contra Scotiabank Perú S.A.A.1 (en adelante, el Banco) por infracción del
artículo 19°de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor
(en adelante, el Código), pues: (i) no se acreditó que el 3 de julio de 2012 la
consumidora hubiese instruido al Banco de destinar el pago de US$ 220,00 a
favor de su Préstamo Hipotecario y no a su Préstamo Personal; y, (ii) de
acuerdo al Contrato de Crédito suscrito por la denunciante, el Banco se
encontraba facultado para cargar los adeudos que la usuaria mantenía,
incluso a la cuenta donde percibía su remuneración.
2. En atención a la apelación de la denunciante, mediante Resolución 1322-
2012/INDECOPI-LAL del 16 de noviembre de 2012, la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión) revocó la
Resolución 0369-2012/PS0-INDECOPI-LAL en todos sus extremos y,
reformándola, declaró fundada la denuncia, sancionó al Banco con una multa
total de 1 UIT, le ordenó dejar sin efecto el descuento de S/. 699,042
1 RUC: 20100043140, con domicilio fiscal en Av. Juan de Ar ona 809, Distrito de San Isidro, Pr ovincia y Departamento
de Lima.
2 Monto equivalente al pago de US$ 220,00 realizado por la denunciante.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR