Sentencia nº 000851-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 8 de Agosto de 2005

Fecha de Resolución 8 de Agosto de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente140-2004/04-01/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0851-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº140-2004-04-01/CCO-ODI-ULI
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISION DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES DEL INDECOPI (LA
COMISION)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES INTEGRA (AFP INTEGRA)
DEUDOR : CONSORCIO PESQUERO LOS DELFINES S.A.
(CONSORCIO PESQUERO)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITO PREVISIONAL
Lima, 8 de agosto de 2005
ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 2952-2005/CCO-INDECOPI del 25 de febrero de 2005, la
Comisión resolvió: (i) reconocer a favor de AFP Integra frente a Consorcio
Pesquero
1
créditos ascendentes a S/. 74,32 por capital, derivados de los
aportes previsionales impagos del mes de marzo de 1994; y, (ii) denegar el
reconocimiento de créditos ascendentes a S/. 6 406,24 por intereses, dado
que de la liquidación practicada por AFP Integra se desprendería que dichos
créditos fueron calculados desde junio de 1993, es decir con anterioridad al
devengue de los créditos invocados por capital.
El 16 de marzo de 2005, AFP Integra apeló la referida resolución en el
extremo que denegó el reconocimiento de los créditos invocados por
intereses, alegando que: (i) la Comisión no debió denegar el reconocimiento
de los créditos por intereses dado que los mismos se encuentran contenidos
en liquidaciones para cobranza que cuentan con mérito ejecutivo, de
acuerdo a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema
Privado de Pensiones; (ii) en el documento denominado “Cuadro de
Resumen de Aportes Previsionales Pendientes por Periodo” presentado
como anexo a su solicitud de reconocimiento de créditos, se muestra que
entre los meses de junio de 1993 y octubre de 2004, Consorcio Pesquero
sólo tiene deuda por el periodo de marzo de 1994, por lo que los intereses
fueron calculados a partir de dicho periodo; y. (iii) contrariamente a lo
señalado por la Comisión, en ningún extremo de la solicitud de
reconocimiento de créditos ni en los anexos se indicó que los intereses
hayan sido calculados desde junio de 1993.
1
Mediante aviso publicado el 29 de noviembre de 2004, en el diario oficial “El Peruano”, se dio a conocer el inicio
del proceso concursal ordinario de Consorcio Pesquero, convocándose a sus acreedores para que presenten sus
solicitudes de reconocimiento de créditos hasta el 1 de febrero de 2005.

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