Sentencia nº 000305-2005/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 14 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente26-2003/CCO-ODI-ESN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0305-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº026-2003/CCO-ODI-ESN
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
(LA COMISIÓN)
DEUDOR : COOPERATIVA INDUSTRIAL COCINAS CUBA LTDA
(COOPERATIVA INDUSTRIAL COCINAS CUBA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PLAZO PARA APROBAR EL PLAN DE
REESTRUCTURACIÓN
DECLARACIÓN DE OFICIO DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN
APLICACIÓN DE PRECEDENTE DE OBSERVANCIA
OBLIGATORIA
ACTIVIDAD :
Lima, 14 de marzo de 2005
ANTECEDENTES
El 6 de julio de 2004 se instaló en primera convocatoria la Junta de Acreedores
de Cooperativa Industrial Cocinas Cuba
1
, ocasión en la cual se acordó, entre
otras decisiones, la reestructuración patrimonial de dicha empresa, así como la
designación de un régimen de administración mixto conformado por un grupo
de trabajadores.
El 30 de setiembre de 2004, el Presidente de la Junta de Acreedores solicitó a
la Comisión fechas de convocatoria para la reunión de dicho órgano
deliberativo. Mediante Resolución N° 2021-2004/CCO-INDECOPI del 30 de
noviembre de 2004, la Comisión en aplicación de lo dispuesto por el
precedente de observancia obligatoria aprobado por Resolución N° 0377-
2004/SCO-INDECOPI, declaró de oficio la liquidación de Cooperativa Industrial
Cocinas Cuba, toda vez que la Junta de Acreedores no aprobó el Plan de
Reestructuración dentro del plazo establecido en el artículo 65 de la Ley
General del Sistema Concursal, considerando que el Presidente de la Junta
recién solicitó fechas para convocatoria dos (2) días hábiles antes del
vencimiento del mencionado plazo.
El 11 de enero de 2005, Cooperativa Industrial Cocinas Cuba apeló la referida
resolución señalando lo siguiente: (i) la nueva administración de la empresa
recién pudo tener acceso a la documentación requerida para elaborar el Plan
de Reestructuración el 24 de agosto de 2004, debido a que sólo a partir de tal
fecha contaba con el Acta de Junta de Acreedores que acreditaba sus
facultades de representación legal de la empresa deudora; (ii) frente a dicha
situación, la administración hizo la consulta respectiva a la Secretaria Técnica
1
Por Resolución N° 2247-2003/CCO-ODI-ESN del 1 de octubre de 2003, la Comisión declaró la situación de concurso
de Cooperativa Industrial Cocinas Cuba, la cual se hizo pública el 3 de noviembre de 2003.

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