Sentencia nº 000031-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 5 de Enero de 2012

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2810-2011/SC2-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0031-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2810-2011/S C2-INDECOPI
M-SC2-13/1B
PROCEDIMIENTO : QUEJA
QUEJADA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
QUEJOSA : ASOCIACIÓN CIVIL DEFENSORÍA DEL
CONSUMIDOR
MATERIA : PROCESAL
QUEJA
SUMILLA: Se declara infundado el reclamo en queja formulado por la
Asociación Civil Defensoría del Consumidor contra la Comisión de
Protección al Consumidor – Sede Lima Sur. La quejosa no acreditó que
dicho órgano haya incurrido en el defecto de tramitación alegado,
consistente en la falta de emisión de pronunciamiento final en relación con
una denuncia de incumplimiento de pago de costas y costos.
Lima, 5 de enero de 2012
ANTECEDENTES
1. El 5 de diciembre de 2011, la Asociación Civil Defensoría del Consumidor (en
adelante, la Asociación)1 presentó ante la Sala de Defensa de la
Competencia Nº 2 (en adelante, la Sala) un reclamo en queja contra la
Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur (en adelante, la
Comisión), por no haber emitido pronunciamiento final respecto de la
denuncia interpuesta contra Empresa de Transportes Flores Hnos. S.R.L. (en
adelante, Flores) por incumplimiento del pago de las costas y costos del
procedimiento tramitado bajo el Expediente 2466-2007/CPC (74-2009-
LCC/CPC), pese a haber transcurrido más de 120 días hábiles desde la
presentación de la referida denuncia de incumplimiento. La Asociación alegó
que esta fue presentada el 11 de febrero de 2010.
2. El 6 de diciembre de 2011, la Comisión presentó un informe sobre el reclamo
en queja formulado por la Asociación negando haber incurrido en defecto de
tramitación alguno, en la medida que, del reporte de escritos remitido por la
Unidad de Trámite Documentario del Indecopi (Mesa de Partes)
correspondiente a la fecha señalada por la quejosa, no se observa el ingreso
de algún escrito de denuncia por incumplimiento de liquidación de costas y
costos presentada por la Asociación.
1 Domicilio procesal en Calle Lim a 851, 2do piso, Ofic. 4, Piura

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