Sentencia nº 000749-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-246
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0749-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-246
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A.
ACREEDOR : ROSA MARÍA LORENA LAGRAVERE BOSIO
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA
VÍNCULO LABORAL
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: considerando que la solicitante acreditó el vínculo laboral frente a
Panamericana Televisión S.A. desde el 5 de marzo de 2001 hasta 31 de marzo
de 2009, se CONFIRMA la Resolución 6223-2010/CCO-INDECOPI, en el
extremo que reconoció créditos a favor de la señora Rosa María Lorena
Lagravere Bosio frente a Panamericana Televisión S.A. ascendentes a
S/. 9 600,00 por capital y S/. 1 791,96 por intereses, derivados de
gratificaciones de julio y diciembre de los años 2003 y 2004 y
remuneraciones de julio a septiembre de 2003 y diciembre 2004, toda vez que
la solicitante presentó documentación que acredita la cuantía de los
referidos créditos.
Por otro lado, se REVOCA la Resolución 6223-2010/CCO-INDECOPI, en los
extremos que: (i) reconoció a favor de la señora Rosa María Lorena
Lagravere Bosio frente a Panamericana Televisión S.A. créditos ascendentes
a S/. 2 716,67 por capital y S/. 111,31 por intereses, derivados de créditos
devengados en los periodos de abril y mayo de 2009; y, (ii) declaró
inadmisible el pedido de la referida señora, respecto de los créditos por
concepto de CTS del 1 al 15 de mayo de 2009 y; reformándola, se declara
IMPROCEDENTE tales extremos de la solicitud, toda vez que la solicitante no
ha acreditado el vínculo laboral en los periodos de abril y mayo de 2009.
Lima, 22 de marzo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 24 de marzo de 2010, la señora Rosa María Lorena Lagravere Bosio (en
adelante, la solicitante) invocó ante la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos de origen laboral frente a Panamericana Televisión S.A.1 (en
adelante, Panamericana) ascendentes a S/. 41 400,00 por capital2.
1 Fecha de publicación: El 15 de febrero de 2010.
2 En sustento de su solicitud, la solicitante presentó la siguiente documentación:

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