Sentencia nº 000397-2003/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 19 de Septiembre de 2003

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2003
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1065-2002/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0397-2003/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1065-2002/CPC
M-SDC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
(LA COMISION)
DENUNCIANTE : EDGAR FLORES PEÑALOZA (EL SEÑOR FLORES)
DENUNCIADO : BANCO CONTINENTAL (EL BANCO)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
PROCESAL
NULIDAD
INFORMACION
IDONEIDAD
GRADUACION DE LA SANCION
MULTA
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
DENUNCIA MALICIOSA
ACTIVIDAD : INTERMEDIACION FINANCIERA
SANCION: 0,5 UIT
Lima, 19 de setiembre de 2003
I. ANTECEDENTES
1. Con fecha 29 de noviembre de 2002, el señor Flores denunció al Banco por
presuntas infracciones al deber de información contenido en los artículos 5,
literal b) y 15 de la Ley de Protección al Consumidor, así como al deber de
idoneidad establecido en el artículo 8 de la misma norma. El señor Flores
manifestó que el 31 de enero de 2000 suscribió con el Banco un contrato
de prenda vehicular en el cual se pactó la obligación de contratar un seguro
para cubrir los riesgos sobre el automóvil dado en garantía, fijándose que la
póliza sería contratada ya sea por él para ser endosada al Banco o por
éste, supuesto en el cual los costos serían asumidos por el denunciante.
2. El señor Flores señaló que, en cumplimiento de lo establecido en el
contrato en cuestión, contrató dos seguros con Rímac Internacional,
Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante Rímac), los cuales
estuvieron vigentes hasta el 23 de marzo de 2000
1
y hasta el 23 de marzo
de 2001
2
. El denunciante indicó que no aceptó la renovación de la segunda
póliza propuesta por Rímac el 9 de marzo de 2001, razón por la cual
solicitó la anulación del seguro contratado. El señor Flores precisó que,
pese a su negativa a seguir contando con un seguro para su vehículo, en el
mes de agosto de 2002 se le informó que su automóvil tenía un seguro, el
1
Este primer seguro estaba contenido en la Póliza Nº 00153678 y estuvo vigente entre el 27 de enero y el 23 de marzo de
2000.
2
Este seguro estaba contenido en la Póliza Nº 00161916 y estuvo vigente entre el 23 de marzo de 2000 y el 23 de marzo
de 2001.

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