Sentencia nº 000765-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 19 de Abril de 2007

Fecha de Resolución19 de Abril de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente227915-2004/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0765-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 227915-2004
1-15
SOLICITANTE : CORPORACIÓN DERMOESTÉTICA, S.A.
OPOSITOR : FERNANDO ENRIQUE CHAVARRI MICHAELS
Distintividad del signo solicitado – Riesgo de confusión entre signos que
distinguen servicios de la clase 44 de la Nomenclatura Oficial
Inexistencia.
Lima, diecinueve de abril del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 10 de diciembre del 2004, Corporación Dermoestética, S.A. (España)
solicitó el registro de la marca de servicio constituida por la denominación
CORPORACIÓN DERMOESTÉTICA escrita en letras características en color
azul, en la parte superior una figura oval en color celeste y una línea curva en
color verde, conforme al modelo, para distinguir servicios médicos; servicios
prestados por hospitales o clínicas; análisis médicos relacionados con el
tratamiento de las personas (tales como exámenes radiológicos y tomas de
sangre); análisis químicos; asistencia sanitaria, tratamiento de la infertilidad e
inseminación artificial; fisioterapia, cirugía estética; odontología; servicios de arte
dental; servicios médicos sobre el cuero cabelludo; cuidados de higiene y belleza
para las personas; servicios de salones de masajes y belleza y salones de
peinado y manicura; servicios de tratamiento contra la obesidad, de la clase 44
de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 1º de abril del 2005, Fernando Enrique Chavarri Michaels formuló
oposición al registro del signo solicitado señalando lo siguiente:

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