Sentencia nº 000951-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 21 de Octubre de 2002

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente121046-2001/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 951-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 121046-2001
1-15
ACCIONANTE : RNB REPUBLIC NATIONAL BANK OF NEW YORK (SUISSE) S.A.
EMPLAZADA : BANCO REPUBLICA EN LIQUIDACION
Cancelación: pruebas acreditan el uso – Utilización de la marca con variaciones:
cambios que no alteran su carácter distintivo
Lima, veintiuno de octubre de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 2 de enero del 2001, RNB Republic National Bank of New York (Suisse)
S.A. interpuso acción de cancelación por falta de uso del registro de la marca BANCO
REPUBLICA (debió decir BANCO REPUBLICA y logotipo), inscrita bajo certificado N°
5573 a favor de Banco República en Liquidación, para distinguir servicios de la clase
36 de la Nomenclatura Oficial. Señaló que la referida marca no ha sido utilizada por su
titular ni por licenciatario autorizado durante los tres años consecutivos precedentes a
la fecha de interposición de la presente acción. Precisó que tiene legítimo interés para
solicitar la cancelación, pues ha solicitado el registro de la marca REPUBLIC para
distinguir servicios de la clase 36 de la Nomenclatura Oficial, habiéndosele denegado
por considerarla confundible con la marca registrada BANCO REPUBLICA.
Con fecha 16 de abril del 2001, Banco República en Liquidación absolvió el traslado de
la cancelación manifestando que la marca registrada BANCO REPUBLICA y logotipo
ha sido utilizada durante los años precedentes a que se declarara la disolución y
liquidación de su entidad, con fecha 25 de noviembre de 1998. Por tanto, todavía no
ha transcurrido el plazo señalado por la ley.
A efectos de acreditar el uso de su marca registrada, manifestó que cumplía con
presentar los siguientes documentos:
Copia de parte de la Memoria Anual 1996 del BANCO REPUBLICA (fojas 41 a 60);
Copia de parte de la Memoria Anual 1997 del BANCO REPUBLICA (fojas 61 a 68);
Original del Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con un cliente, con
fecha 20 de marzo de 1998 (fojas 69 a 76);
Copias de diversos contratos de Arrendamiento Financiero, suscritos entre el 27 de
diciembre y el 11 de junio de 1998 (fojas 79 a 148);
Copia de la Resolución SBS N° 1196-98 de fecha 25 de noviembre de 1998, que
declara la disolución y liquidación de su entidad (foja 157).
Mediante providencia de fecha 17 de abril del 2001, la Oficina de Signos Distintivos
tuvo por contestada la acción de cancelación, dejando constancia que no se adjuntó
copia de la Resolución SBS N° 1196-98 de fecha 25 de noviembre de 1998, que la
emplazada señaló en su escrito. Posteriormente, el emplazado cumplió con presentar
copia de la referida resolución.
Con fecha 2 de mayo del 2001, RNB Republic National Bank of New York (Suisse)
S.A. señaló lo siguiente, respecto a los documentos presentados por el emplazado:

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