Sentencia nº 001068-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Junio de 2011

Fecha de Resolución20 de Junio de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente138-2010/CCO-SANCIONADOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1068-2011/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 138-2010/CCO-SA NCIONADOR
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : FERPO LIMA S.A. EN LIQUIDACIÓN
DENUNCIADO : OBTINERE S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ENTIDAD
LIQUIDADORA
INHABILITACIÓN
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 8102-2010/CCO-INDECOPI del 15 de
noviembre de 2010, que sancionó a Obtinere S.A.C. con la inhabilitación
permanente en el ejercicio de sus funciones como entidad administradora y
liquidadora de deudores concursados, determinándose, por tanto, la
cancelación de su registro, por no haber acreditado el cumplimiento de las
obligaciones que le fueron impuestas en el convenio de liquidación de Ferpo
Lima S.A. en Liquidación, así como lo dispuesto por el literal b) del artículo
83.1 y los artículos 78.2 y 83.4 de la Ley General del Sistema Concursal.
Lima, 23 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 9610-2008/CCO-INDECOPI del 22 de septiembre de 2008, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) designó de oficio a Obtinere S.A.C. (en adelante, Obtinere) como
entidad liquidadora de Ferpo Lima S.A. en Liquidación (en adelante, Ferpo)1.
En sesión de junta de acreedores del 30 de enero de 2009, se aprobó y
suscribió el convenio de liquidación de dicha empresa.
2. Por Requerimiento 6139-2010/CCO-INDECOPI del 17 de septiembre de
2010, la Secretaría Técnica de la Comisión inició un procedimiento
sancionador contra Obtinere por el presunto incumplimiento de sus
obligaciones como entidad liquidadora de Ferpo por los siguientes hechos2:
(i) no haber solicitado dentro del plazo establecido en el artículo 78.2 de la
Ley General del Sistema Concursal (en adelante, la LGSC) la
inscripción de la disolución y liquidación de la deudora ni de su
1 El 22 de octubre de 2007 se d ifundió la disolución y liquidación de Ferpo m ediante aviso publicado en el diario oficial
“El Peruano ”.
2 Por Resolución 6182-2010/CCO-INDECOPI del 23 de agosto de 20 10, la Comisión dispuso que su Secretaría
Técnica inicie un procedimiento sancionador contra Obtinere a efectos de determ inar si incumplió lo dispu esto en el
artículo 78.2 de la LGSC.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR