Sentencia nº 000884-2003/SCO de Sala concursal, 3 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2003
EmisorSala concursal
Expediente1110-2001/004/CRP-ODI-CAMARA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0884-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº1110-2001-04/CRP-ODI-CÁMARA
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA ESCUELA DE
ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS PARA GRADUADOS
(LA COMISIÓN)
ACREEDOR : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ (BANCO DE
CRÉDITO)
DEUDOR : LUIS ARMANDO BARREDA PALACIOS (EL SEÑOR
BARREDA)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
TÍTULOS VALORES
PAGO DE INTERESES
SUMILLA: Ante la falta de presunción legal o judicial del pago de intereses
por la renovación del título valor, dicho pago deberá ser acreditado
mediante su anotación en el referido título o a través de otros medios
probatorios por la persona que alegue haberlo efectuado, esto último de
conformidad con lo establecido en el artículo 1229° del Código Civil.
Lima, 3 de octubre de 2003
I. ANTECEDENTES
Mediante Resolución N° 0606-2002/CCO-ODI-ESN del 12 de diciembre de 2002,
se reconoció a favor del Banco de Crédito frente al señor Barreda
1
créditos
ascendentes a US$ 1 500 000,00 por capital y US$ 24 585,92 por intereses
derivados del Pagaré N° 015359
2
, a los que se otorgó el quinto orden de
preferencia.
En dicha resolución, la Comisión sólo reconoció parte de los créditos invocados
por el Banco de Crédito por concepto de intereses
3
, toda vez que los mismos
debían calcularse desde la fecha de la última amortización realizada por el
deudor hasta la fecha de publicación de su acogimiento al concurso, aplicando la
tasa de interés legal ante la falta de presentación del tarifario de intereses de
dicha entidad financiera.
1
Por Resolución N° 0614-2002/CRP-ODI-CÁMARA del 12 de febrero de 2002, confirmada por Resolución N° 0719-
2002/TDC-INDECOPI del 13 de setiembre de 2002, se declaró la insolvencia del señor Barreda y el 14 de octubre de
2002 se hizo pública dicha situación, notificando a sus acreedores para que soliciten el reconocimiento de sus créditos.
2
El señor Barreda suscribió dicho título valor en calidad de fiador solidario del pago del mismo.
3
En su solicitud de reconocim iento de créditos, el Banco de Crédito presentó una liquidación de los créditos invocados
por intereses, calculados desde el 21 de enero de 1999 (fecha de la penúltima renovación del Pagaré N° 15359) al 14
de octubre de 2002, ascendentes a US$ 1 501 772,36, de l os cuales se había descontado previamente un pago a
cuenta realizado el 18 de abril de 2002 por US$ 10 183,70, conforme a lo manifestado por dicho acreedor mediante
escrito de fecha 5 de diciembre de 2002.

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