Sentencia nº 001405-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente016-2004/04-04/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1405-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 016-2004-04-04/ CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : PRAGMINSA NEGOCIOS MINEROS S.A.C. EN
LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP UNIÓN VIDA S.A.
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
REMUNERACIÓN ASEGURABLE MÁXIMA
EJECUCIÓN DE MANDATO JUDICIAL
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES
SUMILLA: en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Sentencia del 27
de agosto de 2009, emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema
de Justicia de la República, se revoca la Resolución 11490-2005/CCO
INDECOPI del 22 de julio de 2005, en el extremo que declaró infundada la
solicitud de ampliación de reconocimiento de créditos presentada por AFP
Unión Vida S.A. el 5 de mayo de 2005, toda vez que fueron calculados sobre
la base de la remuneración asegurable máxima; y, en consecuencia, se
declara fundada la solicitud, reconociéndose créditos de origen previsional a
favor de AFP Unión Vida S.A. frente a Pragminsa Negocios Mineros S.A.C. en
Liquidación por la suma de S/. 11 149,24 por capital y S/. 2 244,54 por
intereses, correspondiendo a los créditos ascendentes a S/. 8 890,50 por
capital y S/. 1 790,20 por intereses el primer orden de preferencia y, a la
diferencia, el quinto orden.
Lima, 2 de diciembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 4 de abril de 2005, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la situación
de concurso de Pragminsa Negocios Mineros S.A.C. (en adelante,
Pragminsa)1.
2. Por Resolución 11490-2005/CCO-INDECOPI del 22 de julio de 2005, la
Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión)
reconoció en parte los créditos invocados por AFP Unión Vida S.A. (en
adelante, Unión Vida) ascendentes a S/. 35 307,98 por capital y
S/. 13 805,69 por intereses, correspondiendo a los créditos ascendentes a
S/. 28 259,31 por concepto de capital y S/. 11 032,76 por concepto de
intereses el primer orden de preferencia y a la diferencia el quinto orden.
Asimismo, declaró infundada la solicitud de reconocimiento de créditos
1 En sesión de Junta de Acreedores del 15 de mayo de 2009, se design ó a Corporación Empresarial Integral S. A.C.
como entidad liquidadora de Pragm insa.

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