Sentencia nº 002869-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 15 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente391464-2009/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2869-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 391464-2009
1-12
SOLICITANTE : EURO MOTORS S.A.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen servicios de la clase 35
de la Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, quince de diciembre de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 11 de junio de 2009, Euro Motors S.A. (Perú) solicitó el registro de la
marca de servicio MOTOR FEST, para distinguir servicios de publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina;
campañas comerciales (organización de), de la clase 35 de la Nomenclatura
Oficial.
Mediante Resolución Nº 3259-2010/DSD-INDECOPI de fecha 3 de marzo de
2010, la Dirección de Signos Distintivos denegó, de oficio, el registro del signo
solicitado. Consideró lo siguiente:
(i) Se ha verificado que se encuentra registrada la marca MOTOSFEST
PERÚ y logotipo (Certificado Nº 54313), que distingue servicios de la
clase 35 de la Nomenclatura Oficial.
(ii) Con respecto a los servicios a que se refieren los signos en cuestión, se
advierte que éstos distinguen algunos de los mismos servicios.
(iii) Realizado el examen comparativo entre el signo solicitado y la marca
registrada, se advierte que su coexistencia es susceptible de generar
riesgo de confusión en el público usuario.
(iv) La semejanza entre los signos radica principalmente en el hecho de que el
signo solicitado MOTOR FEST es fonéticamente similar a la denominación
que conforma a la marca registrada MOTOSFEST.
(v) En efecto, desde el punto de vista fonético, ambos signos comparten casi
la misma secuencia de letras. Si bien se aprecia que existe una variación
de la letra R en el signo solicitado, en lugar de la letra S en la marca
registrada, esta diferencia no altera sustancialmente el impacto sonoro se
los signos confrontados, ya que al pronunciar ambas denominaciones de
advierte que tienen una semejante pronunciación e impresión sonora.
(vi) Desde el punto de vista gráfico, la marca registrada presenta elementos
adicionalmente como la denominación PERÚ, la grafía especial, los
elementos figurativos y cromáticos, los que determinan que exista una
impresión visual distinta.

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