Sentencia nº 001850-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 19 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente121-2009/CPC-INDECOPI-PUN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1850-2010/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 0121-2009/CPC-I NDECOPI-PUN
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PUNO
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO
S.A.
MATERIA : SERVICIOS BANCARIOS
PAGOS ANTICIPADOS Y PREPAGOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia pues la denunciada afectó el derecho de los consumidores a
efectuar el pago anticipado de sus deudas al efectuar el cobro de una
comisión que no ha demostrado que respondía a los gastos administrativos
derivados de la operación de cancelación anticipada.
SANCIÓN: 10 UIT
Lima, 19 de agosto de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Informe 091-2009/CPC-INDECOPI-PUN del 23 de junio de 2009, el
Secretario Técnico de la Oficina Regional del Indecopi de Puno informó sobre
la investigación efectuada a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco
S.A.1 (en adelante, la Caja Cusco) a fin de determinar si atendía
adecuadamente las solicitudes de pago anticipado de sus clientes. En dicho
informe, se señaló que la Caja Cusco estaría vulnerando el derecho de los
consumidores a realizar la cancelación anticipada de sus créditos, por
cuanto:
(i) Cobraba una comisión por pago anticipado que la denominaba gastos
administrativos;
(ii) exigía que el cliente se encuentre al día en sus pagos como requisito
previo a la cancelación anticipada del crédito;
(iii) informaba que la solicitud de cancelación anticipada podía efectuarse
en forma verbal o escrita; sin embargo, en sus contratos de mutuo
exigía una comunicación expresa y por escrito;
(iv) el 18 de junio de 2009, negó que una de sus clientes efectuara el pago
anticipado de su crédito alegando que se encontraba en balance
mensual y que debía regresar los primeros días de julio.
1 RUC: 20114839176. D omicilio Fiscal: Portal Espinar 146, Cusco.

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