Sentencia nº 000703-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 24 de Julio de 2002

Fecha de Resolución24 de Julio de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente108098-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 703-2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 108098-2000
1-21
SOLICITANTE : INVERSIONES FAMIKA S.A.
OPOSITORA : UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y
JOHNSTON S.A.A.
Notoriedad de una marca - Riesgo de dilución
Lima, veinticuatro de julio de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 13 de junio del 2000, Inversiones Famika S.A. (Perú) solicitó el registro de
la marca de producto constituida por el logotipo conformado por la denominación
KRISTAL ESSENCE escrita en letras características y el perfil de un cisne estilizado,
sin reivindicar colores; conforme al modelo, para distinguir perfumería cosmética de la
clase 3 de la Nomenclatura Oficial:
Con fecha 7 de agosto del 2000, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston
S.A.A. (Perú) formuló oposición manifestando lo siguiente:
- Es titular de diversas marcas y lemas comerciales que presentan la denominación
CRISTAL, para distinguir productos de las clases 16, 27, 30, 32, 33, 34, 35, 39 y
servicios de la clase 41 de la Nomenclatura Oficial.
- La notoriedad de la marca CRISTAL ha sido reconocida por las Resoluciones N°
5359-95-INDECOPI/OSD, confirmada por Resolución N° 229-96-INDECOPI/TRI, y
N° 7034-95-INDECOPI/OSD, confirmada mediante Resolución N° 230-96-
INDECOPI/TRI. Agregó que dicho reconocimiento, fue reafirmado por la
Resolución N° 17204-97-INDECOPI/OSD, por lo que el carácter notorio de su
marca se mantiene.
- El conocimiento de la marca CRISTAL abarca todos los sectores del mercado,
como se desprende del estudio de mercado encargado a la empresa Estudios de
Mercado CCR, el cual obra en los expedientes N° 9868012 y N° 9603999. En dicho
estudio se verificó que su marca se encuentra situada entre las diez más conocidas
del medio, con independencia de los productos o servicios que distingue.
Asimismo, Backus – CRISTAL obtuvo el mayor porcentaje en el rubro de
asociación entre fabricante y producto (68%). Por otra parte, el público consumidor
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otorga a su marca los calificativos de muy conocida, tradicional, prestigio,
productos de calidad, llega a todas partes. Estos resultados se suman a los
informes elaborados por Apoyo, Opinión y Mercado S.A. en junio de 1999 y
diciembre de 1999, y los estudios de preferencia del consumidor realizados por
Estudios de Mercado CCR S.A., presentados en los expedientes N° 9868012, N°
9603999 y N° 9855053. Los estudios de mercado referidos indican que nueve de
cada diez consumidores reconocen a Unión de Cervecerías Peruanas Backus y
Johnston S.A.A. como la mejor empresa cervecera.
- Su empresa produce y vende cerveza CRISTAL desde 1922, haciendo uso
efectivo y constante de su marca, a través de 140 distribuidoras que llegan a
206,843 puntos de venta, de un universo total (nacional) de 294,515. Cuenta
asimismo, con cuatro plantas industriales, cuya capacidad de producción es de
diez millones quinientos mil hectolitros al año, proyectándose para el año 2000, una
producción de seis millones de hectolitros, equivalente a 78 millones de cajas.
Además, ha licenciado el uso de su marca a Cervecería San Juan en la ciudad de
Pucallpa, la cual abastece a la región amazónica.
- La marca CRISTAL es una de las marcas con mayor inversión publicitaria.
- Respecto de la intensidad de su difusión, señaló que sus ventas han llegado a más
del 50% de las ventas totales de cerveza en el mercado nacional, siendo superada
sólo en algunos departamentos del sur y del oriente.
- Respecto al mercadeo de sus productos, indicó que entre su empresa y el
consumidor, en la mayoría de los casos, sólo hay un intermediario.
- Aún en ausencia de cualquier posibilidad de confusión, su marca notoria corre el
riesgo de diluirse, debido a que el público puede encontrar una marca semejante
en otro tipo de productos. Así, la marca KRISTAL ARS cuyo principal elemento es
la palabra KRYSTAL (debió decir KRISTAL ESSENCE, cuyo principal término es
KRISTAL) hará que el público recuerde la marca notoria aunque sea
subconscientemente, por lo que éste se acostumbrará paulatinamente al hecho de
que otra empresa también usa dicha marca, dispersando su distintividad y
disminuyendo su atracción publicitaria.
Presentó copia del Informe Final Notoriedad de la Marca Cristal IF-031-1A, elaborado
por Estudios de Mercado CCR S.A. en alianza con Information Resources S.A. para
U.C.P. BACKUS & JOHNSTON, en diciembre de 1999 (fojas 58 a 108 inclusive).
Con fecha 25 de setiembre del 2000, Inversiones Famika S.A. absolvió el traslado de
la oposición argumentando lo siguiente:
- Desde el punto de vista gráfico y fonético los signos en conflicto son distintos,
debido a la presencia de la letra K en el signo solicitado, que determina una
pronunciación más suave del mismo respecto de la marca registrada.
- Su empresa pretende utilizar el signo solicitado para distinguir perfumería
cosmética, que no tiene vinculación alguna con el giro del negocio de la opositora.
Por ello, no es posible que su empresa pueda obtener un aprovechamiento injusto
o indebido.
- No existe un riesgo de dilución, ya que ambas empresas tienen signos distintivos
diferentes.

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