Sentencia nº 000085-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 13 de Febrero de 2002

Fecha de Resolución13 de Febrero de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente005-1999/CRP-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0085-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 005-99-CRP-AQP
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE
AREQUIPA (LA COMISION)
DEUDOR : FABRICAS AMERICA PEDRO D. DIAZ S.A. (FABRICAS
AMERICA)
ACREEDOR : MANUEL LUNA SANCHEZ Y OTROS (LOS
TRABAJADORES DE FABRICAS AMERICA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
JUNTA DE ACREEDORES
IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
CONVOCATORIA
PLAN DE REESTRUCTURACION
CRONOGRAMA DE PAGOS
ACTIVIDAD : CONFECCION DE ARTICULOS EN CUERO
SUMILLA: en el procedimiento de nulidad de acuerdo de junta de
acreedores, la Sala ha resuelto confirmar la Resolución N° 001-2001-CRP-
AQP emitida el 9 de agosto del 2001 por la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Cámara de
Comercio e Industria de Arequipa, en el extremo apelado que declaró la
nulidad del acuerdo adoptado por la junta de acreedores de Fábricas
América Pedro P. Díaz S.A. en reunión realizada el 29 de diciembre del 2001,
reanudada el 16 de febrero del 2001, relativo a la aprobación del documento
denominado Plan de Pagos de la empresa deudora. Ello, toda vez que dicho
acuerdo implicaba una modificación del Plan de Reestructuración de
Fábricas América en lo concerniente al cronograma de pagos aprobado a
través del referido instrumento concursal, no obstante lo cual, dicho asunto
no fue consignado expresamente en la agenda de convocatoria a la junta de
acreedores, transgrediendo las disposiciones contenidas en el artículo 30°
de la Ley de Reestructuración Patrimonial.
Lima, 13 de febrero del 2002
I ANTECEDENTES
Por Resolución N° 002-99-CSM-AREQUIPA EXP. N° 005-99 del 16 de abril de
1999 se declaró la insolvencia de Fábricas América. En la junta de acreedores del
17 de agosto del 2000 se acordó el ingreso de la empresa a un proceso de
reestructuración patrimonial por el plazo de un año, aprobándose un régimen de
administración mixta. En reunión realizada el 17 de diciembre de 1999, la junta de
acreedores aprobó el Plan de Reestructuración de Fábricas América.

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