Sentencia nº 002562-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1508-2011/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia N° 2
RESOLUCIÓN 2562-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1508-2011/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : RUBÉN VILCA QUIÑONEZ
DENUNCIADO : MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo apelado
que declaró infundada la denuncia, al haber quedado acreditado que el
denunciado contestó íntegramente el requerimiento de información.
Lima, 20 de agosto de 2012
ANTECEDENTES
1. El 23 de noviembre de 2011, el señor Rubén Vilca Quiñonez (en adelante, el
señor Vilca) denunció a Mibanco – Banco de la Microempresa S.A.1 (en
adelante, el Banco) por infracción de la Ley 29751, Código de Protección y
Defensa del Consumidor (en adelante el Código), indicando que el
denunciado:
(i) No le informó de forma previa a la suscripción del contrato el sistema de
amortización de intereses aplicable a su crédito; y
(ii) no contestó íntegramente su requerimiento de información del 25 de
octubre de 2011, en tanto omitió informarle lo siguiente:
a) el tipo de crédito otorgado, el monto original prestado, la
refinanciación, las tasas de interés aplicadas, la TCEA, moras y
penalidades;
b) la copia de la Hoja de resumen del crédito original de y la
refinanciación; y,
c) el historial de los pagos efectuados en el crédito original y en la
refinanciación.
2. En sus descargos, el Banco señaló que absolvió de forma completa el
requerimiento de información presentado por el denunciante el 25 de octubre
de 2011. Precisó que la información sobre el tipo de crédito otorgado, tasas,
comisiones, penalidades y gastos, así como las hojas de resumen de los
créditos, habían sido entregadas al señor Vilca al momento de la suscripción
del contrato y que sin perjuicio de ello se le ofreció al denunciante copias
adicionales previo pago de las comisiones correspondientes. Sobre el
1 RUC 20382036655. Dom icilio procesal ubicado en Av. Domingo Orué 165, Distrit o de Surquillo, Provincia de Lima.

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