Sentencia nº 001106-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 31 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente394-2009/CCO-INDECOPI-01-269
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1106-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 394-2009/CCO-INDE COPI-01-269
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PANAMERICANA TELEVISION S.A.
ACREEDOR : JESÚS QUISPE HERMOSA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE RADIO Y TELEVISIÓN
SUMILLA: se declara que la Sala CARECE DE COMPETENCIA para
pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por el señor Jesús
Quispe Hermosa contra la Resolución 9712-2010/CCO-INDECOPI del 26 de
noviembre de 2010, debido a que el procedimiento concursal preventivo de
Panamericana Televisión S.A. ha concluido al haberse aprobado el Acuerdo
Global de Refinanciación de la deudora, conforme a lo dispuesto en el
Lima, 31 de mayo de 2011
ANTECEDENTES
1. El 25 de marzo de 2010, el señor Jesús Quispe Hermosa (en adelante, el señor
Quispe) invocó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a Panamericana
Televisión S.A.1 (en adelante, Panamericana Televisión) ascendentes a
S/. 33 313,86 por capital y S/. 4 049,89 por intereses.
2. Por Resolución 6225-2010/CCO-INDECOPI del 26 de agosto de 2010, la
Comisión reconoció en parte los créditos invocados por el señor Quispe,
ascendentes a S/. 14 364,48 por capital y S/. 1 195,61 por intereses.
3. El 11 de octubre de 2010, el señor Quispe interpuso recurso de
reconsideración contra la Resolución 6225-2010/CCO-INDECOPI.
4. Por Resolución 9712-2010/CCO-INDECOPI del 26 de noviembre de 2010, la
Comisión declaró fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto
por el señor Quispe y reconoció a favor de dicho acreedor los créditos
ascendentes a S/. 6 936,90 por capital y S/. 3 116,32 por intereses,
precisando la cuantía de los créditos reconocidos en la suma ascendente a
S/. 21 301,38 por capital y S/. 4 311,93 por intereses.
1 El 15 de febrero de 2010, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur publicó en el diario oficial “El
Peruano” el sometimiento de Pan americana Televisión S.A. a un procedimiento c oncursal preventivo.

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