Sentencia nº 000036-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Enero de 2010

Fecha de Resolución12 de Enero de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente157-2009/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0036-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 157-2009/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : EXPLORACIONES MILENIO S.A.
ACREEDORES : JAIME ARTURO CORTÉZ FEBRES
WILDER CARLOS CABANILLAS CALVANAPÓN
BERNARDINO BASILIO ALEGRÍA ARAGÓN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO A
PEDIDO DE ACREEDOR
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : EXPLOTACIÓN DE OTRAS MINAS Y CANTERAS
SUMILLA: se declara la nulidad de la Resolución 5915-2009/CCO-INDECOPI
del 22 de junio de 2009, que declaró improcedente la solicitud presentada
por los señores Jaime Arturo Cortéz Febres, Wilder Carlos Cabanillas
Calvanapón y Bernardino Basilio Alegría Aragón para el inicio del
procedimiento concursal ordinario de Exploraciones Milenio S.A.; y en
consecuencia, se ordena a la Comisión de Procedimientos Concursales que
evalúe si la referida solicitud cumple los requisitos establecidos en la Ley
General del Sistema Concursal para dicho procedimiento. Ello debido a que
en observancia del principio de aplicación inmediata de las normas, las
disposiciones aplicables al presente caso para la verificación de los
requisitos de procedencia de la solicitud de inicio del procedimiento
concursal ordinario de Exploraciones Milenio S.A. son los artículos 1 y 26 de
la Ley General del Sistema Concursal, que se encontraban vigentes a la
fecha en que se produjeron las consecuencias jurídicas derivadas de la
presentación de dicha solicitud.
Lima, 12 de enero de 2010
ANTECEDENTES
1. Por escritos del 16 de abril de 2009 y 9 de junio de 2009, los señores Jaime
Arturo Cortéz Febres (en adelante, el señor Cortéz), Wilder Carlos Cabanillas
Calvanapón (en lo sucesivo, el señor Cabanillas) y Bernardo Basilio Alegría
Aragón (en adelante, el señor Alegría) solicitaron ante la Comisión de
Procedimientos Concursales (en adelante, la Comisión) el inicio del
procedimiento concursal ordinario de Exploraciones Milenio S.A. (en
adelante, Exploraciones Milenio) por mantener una deuda impaga a su favor
ascendentes a S/. 264 000,00 y US $ 45 000,00. En la solicitud, el señor
Alegría señaló no mantener vinculación con la deudora, mientras que por el
contrario, los señores Cortéz y Cabanillas indicaron que mantenían
vinculación con la concursada al haber ejercido cargos de confianza en
Exploraciones Milenio.

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