Sentencia nº 000208-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 15 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente016-1997/CCPLL-181
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0208-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 016-1997-CCPLL-181
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION DE
LA LIBERTAD (LA COMISION)
ACREEDOR : CARLOS MIGUEL VERA MORALES (EL SEÑOR VERA)
DEUDOR : EMPRESA AGROPECUARIA CHICLIN Y ANEXOS
S.A.A. (AGROPECUARIA CHICLIN)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
PROCESAL
NULIDAD
ACTIVIDAD : SERVICIOS AGRICOLAS Y GANADEROS
SUMILLA: en el procedimiento de reconocimiento de créditos seguido por el
señor Carlos Miguel Vera Morales frente a Empresa Agropecuaria Chiclín y
Anexos S.A.A. ante la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del Indecopi en la Cámara de Comercio y
Producción de La Libertad, la Sala ha resuelto remitir una copia de la
presente resolución a la Gerencia Legal del Indecopi, a fin de que tome las
acciones que considere pertinentes respecto al vicio de nulidad advertido
en la Resolución N° 0103-2000/CRP-ODI-CCPLL emitida el 14 de enero del
2000, mediante la cual dicho órgano funcional se pronunció sobre la
solicitud de reconocimiento de créditos del señor Vera, pese a que con
anterioridad ya se había pronunciado sobre dicha solicitud.
Al respecto, se precisa que la Sala carece de facultades para declarar la
nulidad del citado acto administrativo, dado que ya transcurrió el plazo que
tiene la autoridad administrativa para declarar de oficio su nulidad al quedar
consentido el 21 de febrero de 2000.
Lima, 15 de marzo de 2002
I ANTECEDENTES
Mediante solicitud presentada el 27 de noviembre de 1998, el señor Vera invocó
el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Agropecuaria Chiclín
1
.
Por Resolución Nº 001-Exp.Nº 016-97-CCPLL-154 del 19 de diciembre de 1998,
la Comisión reconoció créditos de origen laboral a favor de ciento cinco (105)
trabajadores de Agropecuaria Chiclín (entre los que se encontraba el señor Vera)
y registró parte de los créditos solicitados por éstos como contigentes. La deudora
interpuso recurso de reconsideración contra dicha resolución, el mismo que fue
1
Por Resolución Nº 014-1998/CSMLL del 8 de julio de 1998, la Comisión declaró la insolvencia de Agropecuaria Chiclín.

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