Sentencia nº 000046-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 1 de Febrero de 2002

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente000039-2002/TDC/Queja
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0046-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000039-2002/TDC/Queja
M-SDC-02/1A
QUEJADA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL
PERU (LA COMISION)
QUEJOSO : REPRESENTANTE DE LOS CREDITOS LABORALES
ANTE LA JUNTA DE ACREEDORES DE BAKELITA Y
ANEXOS S.A. (EL REPRESENTANTE DE LOS
CREDITOS LABORALES)
INSOLVENTE : BAKELITA Y ANEXOS S.A. (BASA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCESAL
QUEJA
ACTIVIDAD : FABRICACION DE PRODUCTOS DE PLASTICO
SUMILLA: en la queja iniciada por el señor Julio Gerardo Jaramillo Flores,
representante de los créditos laborales ante la junta de acreedores de
Bakelita y Anexos S.A. – Basa contra la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Pontificia
Universidad Católica del Perú, la Sala ha resuelto declarar improcedente la
queja planteada toda vez que las supuestas irregularidades que habrían
ocurrido en la junta de acreedores de Basa realizada el 27 de diciembre del
2001 no constituyen defectos de tramitación que puedan ser subsanados
por la vía del reclamo en queja, debiendo el quejoso canalizar su pretensión
a través del procedimiento de impugnación de acuerdos, vía legal idónea
para cuestionar la legalidad y validez de los actos y acuerdos adoptados por
la junta de acreedores en el marco de los procedimientos concursales.
Asimismo, se declara improcedente el pedido formulado por el
representante de los créditos laborales para que se disponga la
convocatoria a la junta de acreedores de Basa, toda vez que la Sala carece
de facultades para acceder a lo solicitado.
Lima, 1 de febrero del 2002
I ANTECEDENTES
El 16 de enero del 2002, el representante de los créditos laborales interpuso un
reclamo en queja contra la Comisión por presuntos defectos de tramitación del
procedimiento de insolvencia de Basa, consistente en la ocurrencia de presuntas
irregularidades en la junta de acreedores de dicha empresa llevada a cabo el 27
de diciembre del 2001. Al respecto, indicó lo siguiente:
(i) La junta de acreedores de Basa se instaló bajo la presidencia del
representante del Banco de Crédito del Perú, con la asistencia de la

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