Sentencia nº 000015-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 8 de Enero de 2013

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente46-1999/01-197/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 0015-2013/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 46-1999-01-197/ CSM-ODI-CCPL
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA EMBOTELLADORA DEL PACÍFICO S.A.
EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : JOSÉ ANTONIO MENDOZA MAGALLANES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
REDUCCIÓN DE CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AGUAS GASIFICADAS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 3476-2012/CCO-INDECOPI del 18 de
mayo de 2012, en los extremos que declaró lo siguiente: (i) inadmisible la
solicitud de reducción de créditos reconocidos a favor del señor José
Antonio Mendoza Magallanes en la suma de S/. 4 059,14; e, (ii) improcedente
la solicitud de reducción de créditos en la suma de S/. 324,00, presentada por
Right Business S.A., entidad liquidadora de Compañía Embotelladora del
Pacífico S.A. en Liquidación y, reformándola, se declara INFUNDADA la
referida solicitud. La razón es que la entidad liquidadora no ha presentado
documentación que acredite el pago de la totalidad de los créditos
reconocidos a favor del trabajador y tampoco ha acreditado que el señor
Jorge Luis Mendoza Magallanes se encontraba facultado para recibir en
representación del trabajador el pago de sus acreencias, por lo que no ha
quedado acreditado que los pagos realizados hayan sido efectuados a favor
de dicho acreedor laboral.
Asimismo, se DISPONE que la Secretaría Técnica de la Comisión de
Procedimientos Concursales Lima Sur inicie un procedimiento sancionador
contra Right Business S.A., entidad liquidadora de Compañía Embotelladora
del Pacífico S.A. en Liquidación, por el presunto incumplimiento de dicha
entidad liquidadora en pagar en primer término los créditos reconocidos por
la Comisión conforme al orden de preferencia, según lo dispuesto por el
Lima, 8 de enero de 2013
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 0689-2000/CRP-ODI-CCPL del 6 de abril de 2000, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) reconoció créditos a favor del señor José Antonio Mendoza
Magallanes (en adelante, el trabajador) frente a Compañía Embotelladora del
Pacífico S.A. en Liquidación1 (en adelante, Cepsa) ascendentes a S/. 4 383,14
por capital y S/. 370,08 por intereses, en el primer orden de preferencia.
1 Mediante Resolución 0696-1999/CSM-ODI-CCPL del 12 de mayo d e 1999, la Comisión declar ó el inicio de
procedimiento concursal ordinario d e Cepsa. E l 19 de noviembre de 1999, la junta de acreedores acordó l a

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