Sentencia nº 000305-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente262-2006/CCO-INDECOPI-04-02
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 305-2009/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 262-2006/C CO-INDECOPI-04-02
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : CUSTER SPORTSWEAR S.A. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP HORIZONTE S.A.
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CONCLUSIÓN DE PROCEDIMIENTO
QUIEBRA
SUMILLA: carece de objeto que la Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
emita pronunciamiento respecto de la apelación interpuesta por AFP
Horizonte S.A. contra la Resolución 6677-2008/CCO-INDECOPI del 20 de
agosto de 2008, al haberse producido la sustracción de la materia, en
aplicación de lo dispuesto por el artículo 3.3 de la Ley General del Sistema
Concursal, debido a que mediante Resolución Nº 2 emitida el 3 de octubre de
2008, el Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima declaró
la quiebra de Custer Sportswear S.A. en Liquidación, la extinción de su
patrimonio y la incobrabilidad de sus deudas.
Lima, 14 de mayo de 2009
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 1 de febrero de 2008, AFP Horizonte S.A. (en adelante, AFP
Horizonte) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales (en
adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos de origen previsional
frente a Custer Sportswear S.A. en Liquidación1 (en adelante, Custer
Sportwear) ascendentes a S/. 8 342,82 por capital y S/. 437,04 por intereses.
2. Mediante Resolución 6677-2008/CCO-INDECOPI del 20 de agosto de 2008,
la Comisión reconoció créditos a favor de AFP Horizonte ascendentes a
S/. 7 415,84 por capital y S/. 437,04 por intereses.
3. Por escrito del 8 de setiembre de 2008, AFP Horizonte interpuso recurso de
apelación contra la Resolución 6677-2008/CCO-INDECOPI.
4. Mediante Resolución 4015-2009/CCO-INDECOPI del 4 de mayo de 20092, la
Comisión declaró la conclusión del procedimiento concursal de la deudora en
atención a la Resolución Nº 2 del 3 de octubre de 2008, emitida por el
Trigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, por la cual la
autoridad jurisdiccional declaró la quiebra de Custer Sportswear, la extinción
de su patrimonio y la incobrabilidad de sus deudas.
ANÁLISIS
1 Mediante aviso publicado el 9 de octubre de 20 06 en el Diario Oficial “El Peruan o”, se publicó la disolución y
liquidación de Custer Sportw ear S.A. en Liquidación.
2 La misma que obra en el Exp ediente Nº 262-2006/CCO-INDECOPI.

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