Sentencia nº 002846-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 13 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1007-2008/DDA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2846-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1007-2008/DDA
1-11
DENUNCIANTE : SANRIO COMPANY LTD.
DENUNCIADA : HUGO FIGUEROA CARBAJAL
Denuncia por infracción a la legislación sobre Derecho de Autor -
Transacción extrajudicial - Nulidad de Resolución de Primera Instancia
Lima, trece de diciembre de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de julio de 2008, Sanrio Company Ltd. interpuso denuncia por
infracción al derecho de autor contra Hugo Figueroa Carbajal por la importación
de cubre camas, en los cuales se incluye su obra denominada “HELLO KITTY”.
Consideró lo siguiente:
(i) Los productos importados se encuentran, de forma temporal, en Ransa
ubicado en Av. Argentina 2833-Z-I-, Zona Industrial, Callao.
(ii) El denunciado ha importado, a través de la D.U.A. Nº 118-08-10-192892-
01-00, cubre camas que reproducen ilícitamente su obra denominada
“HELLO KITTY” sin contar con la debida autorización de su empresa.
(iii) Su empresa no ha autorizado a Hugo Figueroa Carbajal la importación,
para su posterior comercialización, de cubrecamas, que incluyen su obra
denominada “HELLO KITTY”, por lo que es evidente que se ha infringido
su derecho de autor.
Solicitó lo siguiente:
(i) Realizar una diligencia de inspección en el depósito de Ransa ubicado en
Av. Argentina 2833-Z-I-, Zona Industrial, Callao.
(ii) Ordenar las medidas cautelares de comiso de los productos importados y
el cese de los actos violatorios.
(iii) Entregar a su favor los productos infractores.
(iv) Imponer la multa que corresponda de acuerdo a lo establecido en el
artículo 188 inciso b) del Decreto Legislativo Nº 822.
(v) El pago de costas y costos del presente procedimiento.
Adjuntó medios probatorios a fin de acreditar lo expuesto.
Mediante proveído de fecha 7 de julio de 2008, la Secretaría Técnica de la
Comisión de Derecho de Autor (antes la Oficina de Derecho de Autor) admitió a
trámite la denuncia presentada por presunta infracción al derecho de
importación y corrió traslado de la misma al denunciado, debiendo ésta

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