Sentencia nº 000242-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 22 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente133-2003/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0242-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 133-2003/CCD
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : SENSORMATIC DEL PERU S.A. (SENSORMATIC)
DENUNCIADOS : LUIS VÁSQUEZ REYNA (SEÑOR LUIS VÁSQUEZ)
LILIANA ELIZABETH GARCÍA PFLUCKER
(SEÑORA LILIANA GARCÍA)
JHONY ANTONIO PEDRAZA HURTADO
(SEÑOR JHONY PEDRAZA)
GIULIANA SHEYLAH GARCÍA PFLUCKER
(SEÑORA GIULIANA GARCÍA)
SENSORMAX S.A.C.
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
PROCESAL
NULIDAD
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por Sensormatic del Perú S.A.
contra Luis Vásquez Reyna, Liliana Elizabeth García Pflucker, Jhony
Antonio Pedraza Hurtado, Giuliana Sheylah García Pflucker y
Sensormax S.A.C., la Sala ha resuelto declarar nula la Resolución
048-2005/CCD-INDECOPI, emitida por la Comisión d e Represión de
la Competencia Desleal el 11 de mayo de 2005, disponiendo la
devolución del expediente a primera instancia para que se emita nuevo
pronunciamiento con relación a la denuncia, sobre la base de los
criterios contenidos en la presente resolución.
La denuncia da cuenta de una supuesta conducta desleal consistente
en una serie de actos que habrían sido llevados a cabo por los
denunciados con el objeto de obstruir las actividades de Sensormatic
del Perú S.A. y desviar la demanda por sus productos a favor de los
denunciados, aprovechándose de la posición que el señor Luis
Vásquez Reyna ocupaba en Sensormatic del Perú S.A. como Gerente
de Ventas. No obstante, la Comisión analizó los supuestos actos de
competencia desleal de manera separada y no de manera conjunta e
integral como correspondía, dado que se trataría de una supuesta
estrategia que, según la denunciante, habría estado dirigida a competir
deslealmente con ella. Por tanto, la Comisión no motivó debidamente
su pronunciamiento, incurriendo en una causal de nulidad.
Lima, 22 de febrero de 2006
I ANTECEDENTES
El 4 de diciembre de 2003, Sensormatic del Perú denunció al señor Luis
Vásquez, a la señora Liliana García, al señor Jhony Pedraza, a la señora

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