Sentencia nº 003185-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente1478-2007/ODA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 3185-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1478-2007/ODA
1-16
DENUNCIANTE : WICKED WEASEL PTY. LTD.
DENUNCIADA : TEXTILES NATURAL VENTO S.A.C.
Denuncia por infracción a la legislación sobre el Derecho de Autor Uso
no autorizado de fotografías – Protección de las meras fotografías –
Imposición de sanciones
Lima, dieciocho de diciembre de dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 24 de octubre de 2007, Wicked W easel Pty. Ltd. (Australia) interpuso
denuncia por infracción a sus derechos de autor contra Textiles Natural Vento
S.A.C. manifestando lo siguiente:
(i) Su empresa, establecida en Australia, fabrica trajes de baño y otras
prendas de vestir y ostenta una reputación de carácter internacional.
(ii) Con el propósito de mostrar los distintos modelos y diseños de los trajes
de baño que comercializa, contrató los servicios de diversas modelos para
que los luzcan y así poder obtener fotografías que los muestren en su
página web www.wickedweasel.com, a través de la cual efectúa la mayor
parte de sus ventas.
(iii) Las fotografías fueron tomadas por el Sr. Peter Thomas John Gifford,
autor de las mismas y único director y propietario de su empresa, por lo
que le ha cedido los derechos patrimoniales sobre las referidas
fotografías. Asimismo, todas las modelos fotografiadas cedieron cualquier
derecho que pudieran tener sobre las referidas fotografías a su empresa,
por lo que es la única titular de los derechos patrimoniales de autor de las
fotografías.
(iv) La denunciada ha reproducido y modificado en forma indebida y no
autorizada las obras fotográficas de su titularidad, las cuales son
utilizadas por su empresa en la página www.wickedweasel.com.
(v) En efecto, a través de una revisión de las que constantemente realiza a
fin de que no se estén infringiendo sus derechos de Propiedad Intelectual,
tomó conocimiento que ciertas fotografías de su propiedad estaban
siendo utilizadas por la denunciada en su página web
www.naturalvento.com sin ninguna autorización por parte de su empresa.
(vi) Desconoce si la denunciada (que se dedica a la venta de trajes de baño a
través de Internet) fabrica sus propios productos pero lo que le queda
claro es que no los diseña, debido a que los mismos son una fiel copia de
los que comercializa su empresa.
(vii) De acuerdo con el servicio “Wayback Machine” de Internet Archive, puede
acreditar que Natural Vento viene utilizando las fotografías de su
propiedad por lo menos desde el 3 de abril de 2006.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 3185-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 1478-2007/ODA
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(viii) Las fotografías en cuestión son tomadas por fotógrafos profesionales, ya
que es necesario que tengan una connotación artística, estando presente
en las mismas un juego de luces y toda una técnica para lograr que la
prenda promocionada se vea atractiva en el cuerpo de la modelo que la
luce.
(ix) Su página web informa de manera clara en su sección “Términos de Uso”
que todas las imágenes contenidas en la web son de titularidad de su
empresa, por lo que no puede alegarse desconocimiento al respecto.
(x) Al reproducir y difundir sus obras fotográficas, la denunciada ha infringido
sus derechos patrimoniales de autor de reproducción y comunicación de
las referidas obras. Además, la denunciada ha modificado algunas de sus
obras (al retirar de las mismas la etiqueta que las identifica con la marca
Wicked Weasel: WW), sin contar con autorización alguna, infringiendo
también sus derechos patrimoniales de transformación, así como el
derecho moral de integridad del Sr. Peter Thomas John Gifford.
En atención a lo anterior, solicitó que se prohíba a la denunciada la
reproducción, comunicación y modificación de las obras fotográficas de
propiedad de Wicked Weasel en cualquier forma y a través de cualquier medio;
se dicten las medidas cautelares consistentes en el cese inmediato de la
reproducción, transformación, uso y comunicación de obras fotográficas de su
titularidad por parte de la denunciada en cualquier forma y por cualquier medio;
se conviertan en definitivas las medidas cautelares solicitadas; se sancione a la
denunciada con la aplicación de una multa, condenando además a la
denunciada al pago de las costas y costos. Adjuntó diversos documentos a fin de
acreditar sus argumentos.
Mediante proveído de fecha 12 de febrero de 2008, la Oficina de Derechos de
Autor (i) Admitió a trámite la denuncia por infracción al derecho de reproducción,
comunicación pública y modificación presentada por W icked Weasel Pty. Ltd. en
contra de Textiles Natural Vento S.A.C. y corrió traslado de la misma a la
denunciada; (ii) Ordenó el cese de la actividad ilícita, debiendo la denunciada
suspender la comunicación pública de las fotografías de titularidad de la
denunciante, en tanto no acredite contar con la autorización de la misma; (iii)
Denegó la solicitud de cese de los actos de reproducción y transformación; y (iv)
Citó a las partes a una audiencia de conciliación para el día 28 de febrero de
2008, fecha en la cual las partes no arribaron a acuerdo conciliatorio alguno,
citándoseles para una nueva audiencia el día 12 de marzo de 2008, fecha en la
cual no se pudo llevar a cabo debido a la inconcurrencia de las partes.
Con fecha 26 de febrero de 2008, Textiles Natural Vento S.A.C. (Perú) absolvió
el traslado de la denuncia manifestando lo siguiente:
(i) Su empresa tiene como giro comercial la venta de trajes de baño por
Internet y en el tiempo que vienen comercializando sus productos han
comprobado que su mercado se circunscribe al ámbito nacional, por lo
que no constituye una competencia directa para la denunciante.

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