Sentencia nº 000813-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 12 de Junio de 2006

Fecha de Resolución12 de Junio de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente089-2004/CCO-ESN-04-07
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0812-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 883-2000/CRP-ODI-CAMARA
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
(LA COMISIÓN)
DEUDOR : PESQUERA COLONIAL S.A. EN LIQUIDACIÓN
(PESQUERA COLONIAL)
DENUNCIANTE : WALTER OSWALDO DÍAZ GONZÁLES (SEÑOR
DÍAZ)
DENUNCIADA : PROYECTOS, CONSULTORÍA E INVERSIONES
S.A. (PCI CONSULTORES)
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
IMPROCEDENCIA
Lima, 12 de junio de 2006
ANTECEDENTES
El 24 de junio de 2004, el señor Díaz presentó un escrito, el cual fue
complementado el 8 de julio de 2005, solicitando el inicio de un
procedimiento sancionador contra el señor Samuel Edgar Bendezú
Herencia, representante de PCI Consultores, por asumir y ejercer el cargo
de entidad liquidadora simultáneamente con el de Gerente General y
Director Ejecutivo adjunto de Proinversión de abril de 2003 a marzo de 2004,
y en consecuencia, que se deje sin efecto su actuación en el procedimiento
de disolución y liquidación de Pesquera Colonial.
Mediante Resolución 15819-2005/CCO-INDECOPI del 28 de octubre de
2005, la Comisión declaró que no correspondía el inicio de un procedimiento
sancionador contra PCI Consultores, toda vez que el hecho de que el señor
Bendezú hubiese sido designado como Director Ejecutivo de Proinversión,
no supone un conflicto de intereses, toda vez que el hecho denunciado no
constituía una limitación para la designación de PCI Consultores como
entidad liquidadora de Pesquera Colonial.
El 9 de noviembre de 2005, el señor Díaz apeló la resolución antes
mencionada, manifestando que PCI Consultores tiene como objeto social, el
brindar servicios profesionales especializados de asesoramiento
empresarial, financiero, evaluación de inversiones, mientras que
Proinversión tiene entre sus funciones, la de identificar oportunidades de
inversión privada y potenciales inversionistas privados y promover su
desarrollo, es decir, vinculados a todos los sectores económicos entre los
que se encuentra pesquería, y como director ejecutivo tiene la
1
3
LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, Artículo 235°.- Procedimiento
sancionador
Eliminado:
Concursal
Eliminado:
417
Eliminado:
4
Eliminado:
SCO
Eliminado:
01
Eliminado:
3
Eliminado:
-DENUNCIA
Eliminado:
CO
Eliminado:
PUC
Eliminado:
-01-03
Eliminado:
DELEGADA
Eliminado:
EN LA
UNIVERSIDAD DE PIURA
CON SEDE EN LIMA
Eliminado:
1
Eliminado:
LANINSA S.A.
(PLANINSA)
Eliminado:
ENRIQUE DE LA
LLAVE GUELPA
Eliminado:
(SEÑOR
DE LA LLAVE)¶
Eliminado:
O
Eliminado:
ASESORÍA Y
NEGOCIOS FINANCIEROS
S.A.
Eliminado:
(ASFINSA)
Eliminado:
INCUMPLIMIENT
O DE OBLIGACIONES A
CARGO DE ¶
ENTIDAD LIQUIDADORA¶
IMPOSICIÓN DE MULTA
Eliminado:
SUMILLA:¶
El procedimiento
sancionador constituye un
procedimiento de oficio
iniciado por la autoridad
competente,
independientemente de que
la decisión adoptada al
respecto obedezca a la
evaluación favorable de la
denuncia formulada por un
administrado. En ese sentido,
el denunciante carece de
legitimidad para interponer
Eliminado:
6
Eliminado:
l
Eliminado:
4
Eliminado:
I.
Eliminado:
... [1]
... [2]

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