Sentencia nº 002502-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente189-2009/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2502-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 189-2009/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : RAFAEL ÁNGEL MOSCOSO REVILLA
DENUNCIADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ S.A.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado que declaró infundada la
denuncia y, en consecuencia, se la declara fundada, al haberse verificado
que la hipoteca otorgada a favor del Banco de Crédito S.A. no garantiza las
obligaciones personales del denunciante, asumidas años antes del
otorgamiento de la garantía, frente a una entidad financiera distinta al
denunciado, por lo que este no puede amparar el pago de la deuda personal
del denunciante en la referida hipoteca.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 21 de septiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 10 de septiembre del 2009, el señor Rafael Moscoso Revilla (en adelante, el
señor Moscoso) denunció a Banco de Crédito del Perú S.A. (en adelante,
Banco de Crédito)1 ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Arequipa (en adelante, la Comisión) por infracción de los artículos 5º literal d)
y 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En su
denuncia señaló lo siguiente:
(i) El 19 de mayo de 1998, constituyó junto a su esposa, la señora Gloria
Ysabel Valdivia Obando de Moscoso, una ampliación de hipoteca a
favor del Banco de Crédito hasta por la suma de US$ 18 600,00, sobre
el inmueble ubicado en Lote 8, manzana “L”, Calle 16, Urb. Juan Pablo
II de la ciudad de Arequipa. El 11 de diciembre del 2001 celebraron una
transacción extrajudicial con el Banco de Crédito, reconociendo la
deuda pendiente de pago así como la garantía que la respaldaba;
1 RUC 20100047218 y domicilio fiscal en Calle Centenario 156, Urb. Las Laderas de Melgarejo, distrito d e La Molina
en la ciudad de Lima, c onforme información declarada ante la Sunat (www.sunat.gob.p e).

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