Sentencia nº 001671-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 26 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2008/INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia
RESOLUCIÓN 1671-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2008/INDEC OPI-LAL
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DEUDOR : EMERSON YSAAC RAMÍREZ ASMAT
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE METALES
PRECIOSOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0727-2009/INDECOPI-LAL del 12 de
junio de 2009, en el extremo que declaró la conclusión del procedimiento
concursal ordinario de disolución y liquidación del patrimonio del señor
Emerson Ysaac Ramírez Asmat, y dispuso el archivo del expediente
administrativo Nº 001-2008/INDECOPI-LAL, así como de las solicitudes de
reconocimiento de créditos presentadas; debido a que ha quedado
acreditada la cancelación de la totalidad de créditos reconocidos en dicho
procedimiento.
Lima, 26 de mayo de 2010
ANTECEDENTE
1. Por Oficio 2976-2007-6º-JEC-ARF-VRP(3091-99) recibido el 14 de noviembre
de 2007, el Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Trujillo remitió a la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de la Libertad (en adelante, la
Comisión) copias certificadas del expediente 3091-99, en los seguidos por el
señor Sebastian Malqui Mudarra (en adelante, el señor Mallqui) contra el señor
Emerson Ysaac Ramírez Asmat (en adelante, el señor Ramírez) sobre
Resolución de contrato y otro; al haber sido dispuesta la disolución y
liquidación de su patrimonio por Resolución 49 del 12 de octubre de 2007.
2. El 21 de enero de 2008, se publicó en el diario oficial “El Peruano” la
disolución y liquidación del patrimonio del señor Ramírez y se citó a los
acreedores a efectos de que se apersonen al procedimiento y soliciten el
reconocimiento de sus créditos.
3. Por Resolución 0706-2008/INDECOPI-LAL del 29 de abril de 2008, la
Comisión reconoció de oficio créditos de origen comercial a favor del señor
Fernando Olórtegui Ramos (en adelante, el señor Olórtegui)1 frente al señor
Ramírez ascendentes a S/. 25 533,35 y US$ 500,00 por capital, y
1 Si bien el proc eso judicial que dio origen a la disolución y liquidación del patrimonio del señor Ramí rez fue iniciado por el
señor Malqui, por Resolución 36 del 26 de abril de 2006 se tuvo por apersonado al referido proceso judicial en calida d
de demandante al señor Olórtegui, en virtud de un c ontrato de cesión de d erechos del 29 de marzo de 2006 c elebrado
con el señor Malqui.

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