Sentencia nº 001566-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2537-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1566-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2537-2008/CPC
M-SC2-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : MARIA ROSA MUÑOZ TELLO
DENUNCIADA : GRUPO ACUARIO CONTRATISTAS GENERALES
S.A.C.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DEBER DE IDONEIDAD
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: Se declara la nulidad del Proveído 1 del 17 de noviembre de 2008,
en el extremo que calificó como hecho denunciado la modificación unilateral
del contrato celebrado por las partes, y de la Resolución 650-2009/CPC, en el
extremo que halló responsable a Grupo Acuario Contratistas Generales S.A.C.
de tal imputación, disponiéndose el archivo de este extremo.
Asimismo, se confirma la Resolución 650-2009/CPC en el extremo que declaró
fundada la denuncia presentada por la señora Maria Rosa Muñoz Tello contra
Grupo Acuario Contratistas Generales S.A.C. por infracción del artículo 8º del
Decreto Legislativo 716, sancionando a la denunciada con una multa de 5 UIT,
ordenándole como medida correctiva que entregue el departamento materia
de denuncia y condenándola al pago de las costas y costos del procedimiento.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 10 de setiembre de 2009
ANTECEDENTES
1. El 30 de setiembre de 2008, la señora María Rosa Muñoz Tello (en adelante, la
señora Muñoz) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor (en
adelante, la Comisión) a Grupo Acuario Contratistas Generales S.A.C. (en
adelante, Grupo Acuario) por infracción del Decreto Legislativo 716 –Ley de
Protección al Consumidor. La señora Muñoz señaló que el 21 de enero de
2008 adquirió el departamento 304 del Edificio Residencial Torres de Santa
Clara por la suma de US$ 24 771,00, pactando como fecha de entrega el 30
de mayo de 2008.
2. La denunciante manifestó que el 22 de junio de 2008, Grupo Acuario modificó
la fecha de entrega del inmueble para el 30 de agosto de 2008. Ante ello, la
señora Cornejo solicitó la devolución de su dinero, sin que la denunciada haya
accedido a su pretensión.

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