Sentencia nº 000155-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 7 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente210989-2004/
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0155-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 210989-2004
1-18
ACCIONANTE : DC COMICS
EMPLAZADA : JEN IMPORT EXPORT S.A.C.
Infracción a los derechos de propiedad industrial – Riesgo de confusión
entre signos que distinguen productos de la clase 28 de la Nomenclatura
Oficial: Existencia – Determinación de sanciones
Lima, siete de febrero del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 21 de mayo del 2004, DC Comics (Estados Unidos de América)
solicitó se dicten medidas cautelares por presunta infracción de sus derechos
de propiedad industrial. Manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de la marca BATMAN, que distingue productos de las clases 16
(certificado N° 34653) y 28 de la Nomenclatura Oficial (certificado N°
29420). Asimismo, es titular de la marca BATMAN EMBLEM, que
distingue productos de la clase 16 de la Nomenclatura Oficial (certificado
N° 80699).
(ii) JEN Import Export S.A.C., bajo DUA N° 118-2004-49751 y a través de la
Agencia Barrón & Asociados Gente de Aduanas S.A.C., ha importado
artículos de escritorio y juguetes presumiblemente infractores, con la
marca BATMAN, los que se encuentran almacenados en el terminal de
almacenamiento de ALMUSA.
(iii) Existe peligro de que se otorgue el levante respectivo de los bienes
infractores importados y de esa manera ingresen al mercado peruano
ocasionando un grave perjuicio a su empresa, por lo que solicita se dicten
las siguientes medidas cautelares:
Comiso definitivo, depósito y, de ser el caso, inmovilización de los
productos, etiquetas, envases y material publicitario materia de la
denuncia.
Descerraje del lugar en caso de ser necesario.
Cualquier otra medida que la Oficina de Signos Distintivos considere
conveniente para proteger debidamente sus derechos de propiedad
industrial.
(iv) Existen indicios de que JEN Import Export S.A.C. está importando
mercadería no autorizada de otras marcas de propiedad de Warner Bros
Entertainment Inc., The Cartoon Network LLP LLLP, Turner Entertainment
Co., Hanna Barbera Productions Inc., por lo que solicita a la Oficina de
Signos Distintivos tomar las medidas pertinentes.
Mediante proveído de fecha 7 de junio del 2004, la Oficina de Signos Distintivos
manifestó lo siguiente:
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0155-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 210989-2004
2-18
Del acta de inspección y medida cautelar levantada con fecha 21 de mayo
del 2004, por el área de Fiscalización, en el expediente N° 209428-2004
1
,
se desprende que a JEN Import Export S.A.C. se le decomisó cajas
(cartones) de juguetes, los cuales correspondían, entre otros, al personaje
de BATMAN.
La utilización del signo mencionado podría inducir a error o confusión a
los consumidores, respecto de las marcas registradas a favor de la
solicitante, y podría ocasionar un daño económico o comercial injusto en
perjuicio de ésta.
Las medidas cautelares tienen la finalidad de evitar que la decisión final
de la Autoridad devenga en inejecutable, es decir, se torne ineficaz,
situación que podría originarse de persistir la importadora con la
utilización del signo distintivo, independientemente de la forma de
escritura y de los elementos que se les pudiera haber adicionado.
Por lo expuesto, la Oficina de Signos Distintivos:
(i) Dictó la medida cautelar de cese de uso del signo constituido por la
denominación BATMAN y/o figura de personaje de BATMAN, materia de
la presente acción, independientemente de la forma de escritura y de los
elementos que se les pudiera haber adicionado, para distinguir productos
de la clase 28 de la Nomenclatura Oficial, así como en el material
publicitario, incluido los carteles.
(ii) Ordenó que se disponga que los productos incautados en el expediente
N° 209428-2004, referidos a los juguetes del personaje BATMAN, pasen a
formar parte del presente expediente.
(iii) Citó a DC Comics y a la empresa importadora JEN Import Export S.A.C.
se presenten, el 15 de junio del 2004 a las 9 horas, en el almacén ubicado
en Gaspar Hernández 700, Lima Cercado, para efectuar la
clasificación y conteo de los productos incautados.
Mediante proveído de fecha 14 de junio del 2004, la Oficina de Signos
Distintivos solicitó a DC Comics que nombre depositario de los productos
incautados en el expediente N° 209428-2004, a fin de que sean trasladados a
sus propios almacenes. Asimismo, dispuso que los productos con el personaje
de las letras DD sean trasladados a las instalaciones de INDECOPI para su
evaluación.
Con fecha 15 de junio del 2004, DC Comics solicitó se nombre como
depositario a Deborah Revatta Rezza.
1
Corr espondiente a la denuncia interpuesta el 5 de mayo del 2004 por Marvel Characters, Inc. contra
JEN Import Export S.A.C. Con fecha 21 de marzo del 2004, se llevó a cabo la diligencia de inspección
en el local de ALMUSA con el fin de inspeccionar los productos de la DUA 118-2004-049751,
constatando la existencia de 30 cartones de juguetes con los personajes del hombre araña, batman y
otro, por lo que s e hizo efectiva la medida de comiso de dichos productos, los cuales fueron t rasladados
al local del depositario.

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