Sentencia nº 002691-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 24 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente383853-2009/DSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2691-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 383853-2009
1-23
SOLICITANTE : TEÓFILO CÓRDOVA RUIZ
OPOSITORA : M.G. ROCSA S.A.
Principio de especialidad - Riesgo de confusión entre signos que
distinguen productos de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial y
productos de las clases 29, 30, 31 y 32 de la Nomenclatura Oficial:
Inexistencia
Lima, veinticuatro de noviembre de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 6 de marzo de 2009, Teófilo Córdova Ruiz (Perú) solicitó el registro
de la marca de producto HOJAS D’ORO, para distinguir carne, pescado, aves
y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas
y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos;
aceites y grasas comestibles, de la clase 29 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 3 de junio de 2009, M.G. Rocsa S.A. (Perú) formuló oposición al
registro solicitado manifestando lo siguiente:
(i) Es titular de la marca denominativa HOJA REDONDA, registrada bajo
Certificados 32056, 61498 y 61500 en las clases 29, 30 y 32,
respectivamente, de la Nomenclatura Oficial.
(ii) Es titular, además, de la marca mixta HOJA REDONDA, registrada bajo
Certificados Nº 45405 y Nº 61659, en la clase 30 de la Nomenclatura
Oficial; y de la marca mixta HOJA REDONDA, registrada bajo Certificado
Nº 45406 en la clase 29, y bajo Certificado Nº 80609 en la clase 31 de la
Nomenclatura Oficial.
(iii) El signo solicitado puede crear confusión indirecta con sus marcas
registradas.
(iv) El elemento central del signo solicitado es la palabra HOJA, tal como
sucede con sus marcas registradas, por lo que evocan conceptos muy
similares.
(v) Los productos que pretende distinguir el signo solicitado son los mismos
productos o productos vinculados a los productos que distinguen sus
marcas registradas.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2691-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 383853-2009
2-23
(vi) Sus marcas gozan de reconocimiento en el mercado nacional de
alimentos y bebidas, por lo que gran parte del público consumidor ya
conoce su origen empresarial.
(vii) Sus marcas registradas constituyen la familia de marcas HOJA
REDONDA, por lo que debe otorgársele una mayor protección.
Con fecha 21 de julio de 2009, Teófilo Córdova Ruiz señaló que los signos
deben ser apreciados en su conjunto a fin de verificar que poseen una visión
gráfica diferente y un efecto sonoro distinto. Precisó que la denominación
HOJA así como la figura de una hoja no son distintivos, pues aluden al origen
vegetal o natural de los productos de los que se trata, encontrándose en la
conformación de varias marcas registradas en la clase 29 de la Nomenclatura
Oficial.
Con fecha 22 de julio de 2009, M.G. Rocsa S.A. adjuntó medios de prueba
(impresiones de páginas web, estudio de mercado, entre otros) a fin de
acreditar el reconocimiento de la marca HOJA REDONDA en el mercado
peruano.
Mediante Resolución Nº 157-2010/CSD-INDECOPI, de fecha 22 de enero de
2010, la Comisión de Signos Distintivos declaró infundada la oposición
formulada y otorgó el registro solicitado. Consideró lo siguiente:
Familia de marcas alegada por la opositora
(i) Se advierte que la denominación HOJA REDONDA forma parte de
diversas marcas registradas a favor de M.G. Rocsa S.A., en distintas
clases de la Nomenclatura Oficial, por lo que considerando que dicha
denominación no se incluye en marcas registradas a favor de terceros en
la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, se concluye que se cumple con el
elemento objetivo para que se configure una familia de marcas.
(ii) La denominación HOJA REDONDA tienen fuerza distintiva suficiente para
indicar el origen empresarial de los productos que distinguen las marcas
de la opositora.
(iii) Se ha configurado a favor de M.G. Rocsa S.A. una familia de marcas en
la clase 29 de la Nomenclatura Oficial, en base a la denominación HOJA
REDONDA.
Notoriedad alegada por la opositora
(iv) De la revisión de los documentos presentados por la opositora, se
advierte que si bien acreditan el uso de la marca HOJA REDONDA en el

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