Sentencia nº 002543-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente159-2009/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2543-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 159-2009/CPC-INDE COPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTES : INGRID ISDAHL TROYE
ANDRÉ AGUSTÍN RAMÍREZ ALVARADO
DENUNCIADA : CORPORACIÓN TURÍSTICA DEL NORTE S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS TURÍSTICOS Y DE HOSPEDAJE
ACTIVIDAD : HOTELES, CAMPAMENTOS Y OTROS
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado en el extremo que declaró
infundada la denuncia de los señores Ingrid Isdahl Troye y André Agustín
Ramírez Alvarado y; reformándola, se declara fundada, debido a que se
acreditó defectos en la seguridad del servicio de hospedaje prestado por
Corporación Turística del Norte S.A.C.
SANCIÓN: 3 UIT
Lima, 10 de noviembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 9 de junio de 2009, los señores Ingrid Isdahl Troye y André Agustín
Ramírez Alvarado (en adelante, los señores Isdahl y Ramírez) denunciaron a
Corporación Turística del Norte S.A.C.1 (en adelante, el Hotel Libertador) por
infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor. En
su denuncia, señalaron que:
(i) el 28 de mayo de 2009 contrataron con el Hotel Libertador el servicio de
hospejade siendo que al día siguiente, cuando regresaron a su
habitación luego de almorzar en el restaurante del denunciado, se
percataron que sus pertenencias habían sido hurtadas: (a) una laptop
“Compaq”; (b) una laptop “Sony Vaio”; (c) S/. 2 500,00; y, (d) un celular
“Nokia modelo 6300”;
(ii) comunicaron lo ocurrido al personal del Hotel Libertador sin obtener
explicación alguna, motivo por el cual decidieron denunciar los hechos
ante la Comisaría conjuntamente con el dueño del Hotel Libertador2; y,
1 RUC 20480555911. El domicilio del denunciad o se ubica en Calle Lora y Cordero Nº 954, Chiclayo, Lambayeque.
2 A efectos de acreditar sus afirmaciones, pr esentaron los siguientes documentos:
Copia simple de l a declaración de objetos transportados como equi paje ante la Aduana (laptop “Compaq”)
Copia de la factur a por la compra de la laptop “Sony Vaio”
Boleta emitid a por el Hotel Libertador
Copia de la denu ncia formulada ante la Comisaría

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR