Sentencia nº 000044-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 30 de Enero de 2002

Fecha de Resolución30 de Enero de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente173-2000/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0044-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 173-2000/CRP-ODI-CCPL
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL DE LA
OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN EL
COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LIMA
DEUDOR : EMPRESA DE TRANSPORTES BALDEON S.R.L
(TRANSPORTES BALDEON)
ACREEDOR : REPRESENTACIONES BARU S.A. (BARU)
MATERIA : DECLARACIÓN DE INSOLVENCIA
PROCESAL
ABANDONO
ACTIVIDAD : TRANSPORTE DE CARGA POR CARRETERA
SUMILLA: en el proceso de declaración de insolvencia de Empresa de
Transportes Baldeón S.R.L la Sala ha resuelto declarar fundado el recurso de
apelación interpuesto por Representaciones Baru S.A. y, en consecuencia,
revocar la Resolución Nº 2399-2001/CRP-ODI-CCPL emitida por la Comisión de
Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en el
Colegio de Contadores Públicos de Lima, que declaró el abandono del proceso
de declaración de insolvencia de Empresa de Transportes Baldeón S.R.L iniciado
por Representaciones Baru S.A, al no efectuar ésta la publicación de los edictos
mediante los cuáles se pondría en conocimiento de la empresa deudora la
Resolución Nº 2056-2000/CRP-ODI-CCPL -por la cual se declaró su insolvencia-.
En el presente caso, la Sala considera que debe otorgarse un nuevo plazo a
Representaciones Baru S.A. a fin de que publique los referidos edictos, toda vez
que la actuación de la Secretaría Técnica de la Comisión indujo a error a la
referida empresa respecto a su obligación de efectuar dichas publicaciones, al
notificar a Empresa de Transportes Baldeón S.R.L en el domicilio procesal que
señaló en el Proceso Ejecutivo de Obligación de Dar Suma de Dinero.
Lima, 30 de enero de 2002
l ANTECEDENTES
El 5 de octubre de 2000, el Trigésimo Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de
Lima remitió copia de los actuados del Proceso Ejecutivo de Obligación de Dar Suma
de Dinero seguido por Baru contra Transportes Baldeón, a fin de que se declare la
insolvencia de esta última en aplicación del artículo 703º del Código Procesal Civil.
La Secretaría Técnica de la Comisión requirió a Baru el domicilio real de Transportes
Baldeón, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico de Proceso

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