Sentencia nº 002601-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente11-2011/CPC-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 260 1-2011/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 11-2011/CPC-I NDECOPI-CUS
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE CUSCO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES – “ASOCIACIÓN
CIVIL DEFENSORÍA DEL VECINO”
DENUNCIADO : SERVICENTRO MIANSUC E.I.R.L.
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
LISTA DE PRECIOS
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR DE COMBUSTIBLES
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia en contra de Servicentro Miansuc E.I.R.L., al haber quedado
acreditado que no cumplió con exhibir en el panel informativo de su
establecimiento el precio de los combustibles expendidos.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 29 de setiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 16 de febrero de 2011, la Asociación de Consumidores denominada
“Asociación Civil Defensoría del Vecino” (en adelante, la Asociación)
denunció a Servicentro Miansuc E.I.R.L.1 (en adelante, el Grifo) ante la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, la
Comisión) por presunta infracción de la Ley 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor2 (en adelante, el Código), debido a que el 13 de
febrero de 2011 habría omitido consignar en el panel informativo de su
establecimiento el precio de los combustibles expendidos. A fin de acreditar
su denuncia, presentó seis muestras fotográficas y una constancia de pago
por el combustible que adquirió del denunciado.
2. En sus descargos, el Grifo reconoció que el 13 de febrero de 2011 no colocó
el precio de los combustibles comercializados en el panel de su
establecimiento, debido a que estaba realizando el mantenimiento periódico
de las luminarias e instalaciones eléctricas, conforme a lo dispuesto por el
Ministerio de Energía y Minas y Petroperú. Sin embargo, una vez finalizado
tales trabajos, procedió a colocar nuevamente el precio de los productos en
el panel. Añadió que, durante el mantenimiento, el precio también se
1 RUC 20527643601. Domicilio fiscal: Carr etera Cusco-Abancay S/N, Km. 6.5, Urb. Ticatica, Cusco.
2 Publicado el 2 de setiembre de 2010 en el diario oficial El Peru ano. Entró en vigencia a los 30 días calendari o.

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