Sentencia nº 001585-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente409-2006/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1585-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 409-2006/CCO-INDE COPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CELIA MELVA PONCE FERNÁNDEZ CON PATRIMONIO
EN LIQUIDACIÓN
IMPUGNANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES S.A
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSION DE PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTROS ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES
SUMILLA: se confirma la Resolución 152-2011/CCO-INDECOPI del 10 de
enero de 2011, que declaró la conclusión del procedimiento concursal
ordinario de la señora Celia Melva Ponce Fernández con Patrimonio en
Liquidación y dispuso la remisión de los actuados al Quincuagésimo
Juzgado Especializado en lo Civil de Lima fin que se declare la quiebra de la
empresa deudora, de conformidad con lo establecido en el artículo 97.4 de la
Ley General del Sistema Concursal, puesto que la entidad liquidadora no
cumplió con presentar la carta fianza hasta la fecha indicada por la
Comisión.
Lima, 29 de septiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 13207-2006/CCO-INDECOPI del 16 de octubre de
2006, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) dispuso la publicación de la disolución y liquidación del patrimonio
de la señora Celia Melva Ponce Fernández, (en adelante, la señora Ponce)
de conformidad con lo establecido por el artículo 703 (hoy 692-A) del Código
Procesal Civil y en aplicación de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley
General del Sistema Concursal. El 20 de noviembre de 2006, se publicó
dicha situación en el diario oficial El Peruano.
2. Mediante Resolución 4766-2010/CCO-INDECOPI del 5 de julio y notificada el
19 de julio de 2010, la Comisión designó a Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. (en adelante, Solucon) como entidad liquidadora de la
señora Ponce. En dicho procedimiento se le requirió que constituya una carta
fianza a favor del Indecopi por un importe no menor a S/. 27 000,00 dentro de
los treinta (30) días hábiles siguientes de notificada con la resolución y
entregarla a la Gerencia de Finanzas del Indecopi.
3. Según los plazos indicados, Solucon debía constituir la carta fianza a más
tardar el 3 de septiembre 2010 y entregarla a la Gerencia de Finanzas del
Indecopi a más tardar el 10 de septiembre de 2010.

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