Sentencia nº 001496-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 31 de Julio de 2007

Fecha de Resolución31 de Julio de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente296958-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1496-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 296958-2006
1-15
ACCIONANTE : LUIS ELEAZAR SORIANO CÁCERES
EMPLAZADO : FELIBERTO RODRÍGUEZ AUCCATINCO
Infracción a los derechos de propiedad industrial Suspensión del
procedimiento
Lima, treinta y uno de julio del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 2 de octubre del 2006, Luis Eleazar Soriano Cáceres (Perú)
interpuso, en el expediente N° 292818-2006, acción por infracción contra
Galletera Olbal S.A.C. Agregó que denuncia también a Feliberto Rodríguez
Auccatinco que es el distribuidor mayorista de los productos de Galletera Olbal
S.A.C., para lo cual solicitó el comiso mediante medida cautelar, denunció
también a los propietarios del local ubicado en Jr. Ayacucho 976 - Lima, en el
que solicitó el comiso mediante medida cautelar; a los propietarios de la
Distribuidora Liz de Av. Angamos 353 y 355 - Surquillo, en el que solicitó el
comiso mediante medida cautelar; así como al mercado Metro ubicado en Av.
Próceres de la Independencia N° 1632 - San Juan de Lurigancho, donde se
viene comercializando los productos de Galletera Olbal S.A.C. y solicitó que se
identifique a los propietarios del mismo. Asimismo, manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de la marca de producto CHAPLIN y logotipo registrada en la
clase 30 de la Nomenclatura Oficial, bajo certificado N° 65483.
(ii) Ha tomado conocimiento que la empresa Galletera Olbal S.A.C. viene
comercializando sus productos con un empaque en el cual aparece la
palabra CHAPLIN y en el rectángulo inferior, en una media luna, un
sombrero, un bastón y la palabra Galletera Olbal S.A.C. CROCANTES Y
DORADITAS y, en la parte superior, un personaje con sombrero con un
bastón en la mano y separado por una estrella, un sombrero en el fondo,
idéntico al que tiene registrado, empresa que viene comercializando sus
productos de la clase 30 a nivel nacional.
(iii) Como consecuencia de la comercialización de sus productos con el
empaque y figura del personaje, ha tomado conocimiento que bajo
expedientes N°s 239237-2005
1
y 260510-2005
2
se ha solicitado el registro
de la marca infractora, ante lo cual ha formulado oposición.
1
Cabe precisar que dicha solicitud de registro efectuada por “Gall etera Olba S.A.C.” cayó en abandono y
se refería al siguiente signo:

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