Sentencia nº 000717-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente029-2000/CRP-PIURA-01-573
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0717-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 029-2000/CRP-PI URA-01-573
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN PIURA
DEUDOR : ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE
SANEAMIENTO GRAU S.A.
ACREEDOR : JOSÉ BERNARDO ESCOBAR PEÑA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : CAPTACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
RECOLECCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 1233-2010/INDECOPI-PIU del 18 de
octubre de 2010, que reconoció créditos a favor del señor José Bernardo
Escobar Peña frente a Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau
S.A. ascendentes a S/. 32 841,27 por intereses derivados de la provisión de
beneficios sociales al 31 de diciembre de 1990 (reserva acumulada); debido a
que la acreedora invocó dicha cuantía y la autoridad concursal no puede
reconocer una cuantía mayor a la solicitada por el trabajador conforme a lo
dispuesto por el articulo VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil.
Lima, 16 de marzo de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 563-2004/CCO-PIURA del 31 de mayo de 2004, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la
Comisión) reconoció, entre otros conceptos, créditos ascendentes a
S/. 10 164,43 por capital, derivados de la provisión de beneficios sociales al
31 de diciembre de 1990 (en adelante, reserva acumulada) a favor del señor
José Bernardo Escobar Peña (en adelante, el trabajador) frente a Entidad
Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A.1 (en adelante, EPS Grau).
2. El 31 de agosto de 2010, el trabajador solicitó a la Comisión la ampliación de
créditos ascendentes a S/. 32 841,27 por intereses derivados de la reserva
acumulada frente a EPS Grau.
3. Mediante Resolución 1233-2010/INDECOPI-PIU del 18 de octubre de 2010, la
Comisión reconoció créditos a favor de el trabajador ascendentes a
S/. 32 841,27 por intereses de la reserva acumulada.
1 Mediante Resolución 303-2000/CRP-PIURA del 6 de noviembre de 2000, confirmad a por Resolución 110-2001/TDC-
INDECOPI del 16 d e febrero de 2001, la Comisión dec laró el inicio de concurso de EP S Grau por no haberse
aprobado el Conveni o de Saneamiento Empresarial en el Procedimiento Transitorio. Dicha situac ión fue publicada en
el Diario Oficial “El Peruano” el 19 de marzo de 2001.

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