Sentencia nº 000667-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución29 de Febrero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente008-2004/CCO-ODI-UDP-01-60
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0667-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 008-2004/C CO-ODI-UDP-01-60
(Cuadernillo de apelación)
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA MINERALES SANTANDER S.A.C.
CEDENTE : EUCARIO JULIÁN ROJAS ÁRTICA
CESIONARIO : TREVALI PERÚ S.A.C.
IMPUGNANTE : EUCARIO JULIÁN ROJAS ÁRTICA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : EXTRACCIÓN DE MINERALES
METALÍFEROS NO FERROSOS, EXCEPTO LOS
MINERALES DE URANO Y TORIO
SUMILLA: se declara, por mayoría, IMPROCEDENTE el recurso de apelación
interpuesto por el señor Eucario Julián Rojas Ártica contra la Resolución
4826-2011/CCO-INDECOPI del 17 de junio de 2011, debido a que el trabajador
no tiene legitimidad para intervenir en el presente procedimiento, puesto
que, en mérito al Contrato de Cesión de Derechos analizado por esta Sala
mediante Resolución 1018-2011/SC1-INDECOPI del 17 de mayo de 2011, el
trabajador transfirió la titularidad de los créditos que Compañía Minerales
Santander S.A.C. le adeudaba, a favor de Trevali Perú S.A.C..
En consecuencia, se declara, por mayoría, la NULIDAD de la Resolución
6688-2011/CCO-INDECOPI del 26 de agosto de 2011, que concedió el recurso
de apelación interpuesto por el señor Eucario Julián Rojas Ártica contra la
Resolución 4826-2011/CCO-INDECOPI.
Lima, 29 de febrero de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resoluciones número 001-96-CSA-INDECOPI/EXP-034-01-581 y
3958-1999/CRP-INDECOPI del 31 de octubre de 1996 y del 23 de diciembre
de 1999, respectivamente, se precisaron los créditos de origen laboral que
mantenía el señor Eucario Julián Rojas Ártica (en adelante, el trabajador)
frente a Compañía Minerales Santander S.A.C.2 (en adelante, Minerales
1 Dicha resolución fue emitida en el Expediente 034-96-CSA-01-58.
2 Mediante Resolución 002-2006-CSA-INDECOPI/EXP-034 d el 31 de mayo de 1 996, se declaró el i nicio de concurso
de Compañía Minerales Santander Inc. Sucursal del Perú, de c onformidad con lo establecido en la L ey de
Reestructuración Empresarial– Decreto Ley 26116. En sesión del 18 de marzo de 1997, la J unta de Acreedores
acordó la reestruc turación patrimonial como d estino de la deudora. El 11 de diciembre de 2007, en sesión de Junta
de Acreedores, acordaron transformar Compañía Minerales Santander Inc. Sucursal del Perú a una Sociedad
Anónima Cerrada, denominá ndola Compañía Minerales Santander S.A.C.

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