Sentencia nº 000856-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente034-2011/CPC-INDECOPI-ANC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 856-2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 034-2011/CPC-I NDECOPI-ANC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : EMPRESA DE TRANSPORTE TURÍSTICO REGIONAL
ATUSPARIA E.I.R.L.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
TRANSPORTE TERRESTRE
ACCIDENTE
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR DE
PASAJEROS POR VIA TERRESTRE
SUMILLA: Se declara la nulidad de la resolución venida en grado que halló
responsable a Empresa de Transporte Turístico Regional Atusparia E.I.R.L.
por la presentación de un inconveniente durante el servicio de transporte de
pasajeros en la ruta Lima-Huaraz, en tanto se emitió contraviniendo los
principios de impulso de oficio y verdad material; y, se ordena a la Comisión
de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad que agote la investigación
necesaria a fin de determinar la responsabilidad administrativa de dicha
empresa.
Lima, 27 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 22 de junio de 2011, la Oficina Regional del
Indecopi de Áncash (en adelante, la ORI Áncash) inició un procedimiento de
oficio contra Empresa de Transporte Turístico Regional Atusparia E.I.R.L.1 (en
adelante, Transportes Atusparia) por la presunta infracción de los artículos 8°
y 9° del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor2, en
atención al accidente de tránsito ocurrido el 23 de febrero de 2010, siniestro
que se habría producido debido a que el conductor del bus de placa VG-6080
que cubría la ruta Lima Huaraz, habría invadido el carril contrario
colisionando con la parte posterior izquierda de un camión remolcador en la
carretera de penetración Pativilca-Huaraz..
2. El inicio del procedimiento de oficio se sustentó en el Informe 0014-
2011/INDECOPI-ANC de fecha 27 de enero de 2011, emitido por la ORI
Áncash como resultado de una investigación preliminar, en la cual se recabó
1 RUC 20115494466
Domicilio Fiscal: Avenida 28 de Julio 815, Distrito y Provincia de Huaraz, Departamento de Áncash.
2 Cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto S upremo 006-2009-PCM, public ado el 30 de enero de 2009
en el diario oficial El Peruano.

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