Sentencia nº 000896-2003/SCO de Sala concursal, 14 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2003
EmisorSala concursal
Expediente000805-2003/SCO/Queja
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN Nº 0896-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 000805-2003/SCO/Queja
QUEJADA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA CÁMARA DE
COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE
LAMBAYEQUE (LA COMISIÓN)
SECRETARIA TÉCNICA DE LA COMISIÓN
DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA CÁMARA DE
COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE
LAMBAYEQUE (LA SECRETARÍA TÉCNICA)
QUEJOSO : ALCIDES FERMÍN SOVERO CASTRO (SEÑOR
SOVERO)
DEUDOR : EMBOTELLADORA PROGRESO S.A. EN LIQUIDACIÓN
(EMBOTELLADORA PROGRESO)
MATERIA : QUEJA
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
SUMILLA: De acuerdo a la Directiva N° 003-2001/TRI-INDECOPI aprobada por
la Sala Plena del Tribunal del INDECOPI, publicada el 24 de enero de 2002 en
el diario oficial El Peruano, el órgano competente para resolver un reclamo
en queja contra un acto de la Secretaría Técnica en cumplimiento de una
facultad originaria establecida en la normativa legal, es la respectiva
Comisión.
Lima, 14 de octubre de 2003
I. ANTECEDENTES
Por Resolución Nº 0150-2001/CRP-ODICIX-CCPL del 29 de mayo de 2001 se
declaró la insolvencia de Embotelladora Progreso. El 18 de abril de 2002, la Junta
de Acreedores acordó la disolución y liquidación de dicha empresa.
Posteriormente, mediante Resolución Nº 0020-2002/CRP-ODI-CIX del 25 de junio
de 2002, la Comisión asumió de oficio la conducción del proceso de liquidación de
Embotelladora Progreso. El 7 de marzo de 2003, la Junta de Acreedores designó
a Carlos Carrizales Stoll Abogados & Consultores Sociedad Civil como liquidador.
El 16 de setiembre de 2003, el señor Sovero planteó reclamo en queja contra la
Comisión por defectos de tramitación en el procedimiento de insolvencia de
Embotelladora Progreso, señalando lo siguiente:
(i) Con fecha 30 de junio de 2003, en su condición de Presidente de la Junta
de Acreedores de Embotelladora Progreso, solicitó a la Comisión que
declare vacante el cargo de liquidador y, además, denunció las supuestas
irregularidades cometidas por el liquidador en la suscripción del Convenio
de Liquidación, puesto que algunas de las hojas del referido convenio se

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