Sentencia nº 000479-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 24 de Febrero de 2010
Fecha de Resolución | 24 de Febrero de 2010 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 276003-2006/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0479-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 276003-2006
1-7
SOLICITANTE : SOCIEDAD UNIFICADA AUTOMOTRIZ DEL PERÚ S.A.
Levantamiento de suspensión – Suspensión del procedimiento: Acción de
nulidad en trámite.
Lima, veinticuatro de febrero de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 25 de abril del 2006, Sociedad Unificada Automotriz del Perú S.A.
(Perú) solicitó el registro de la marca de producto constituida por el logotipo
conformado por la denominación HAFEI escrita en letras características; en la
parte superior se aprecia la figura de un triángulo con bordes redondeados que
contiene tres figuras irregulares; todo en los colores negro, blanco y granate;
conforme al modelo, para distinguir vehículos, automotores, motores para
vehículos terrestres, los acoplamientos y órganos de transmisión, ejes,
embragues, engranajes, segmentos de frenos; guardabarros, máquinas
motrices, muelles de suspensión, parachoques, puertas, resortes,
amortiguadores, retrovisores, sidecars, tensores de radios de ruedas, timones,
árboles de transmisión, mecanismos de transmisión, válvulas cubiertas,
avisadores de marcha atrás, capotas, chasis, circuitos hidráulicos, cristales y
frenos, de la clase 12 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 19755-2006/OSD-INDECOPI de fecha 27 de
noviembre del 2006, la Oficina de Signos Distintivos denegó el registro del
signo solicitado. Consideró lo siguiente:
(i) Repuestos Bong S.A.C., mediante expediente Nº 267668-2006, ha
solicitado el registro del signo HAFEI MOTOR y logotipo, para distinguir
productos de la clase 12 de la Nomenclatura Oficial.
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